CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones A2J Limitada

CVE 2649166
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de mayo de 2025
Notaría
Puerto Varas
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de mayo de 2025
Repertorio
745/2025
Notario
SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ
Oficio
Tercera Notaría de Puerto Varas
Comuna
Puerto Varas

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Puerto Varas
Duración
5 años, a contar fecha escritura, renovable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, en la forma indicada en la escritura

Objeto social

a) La inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, para fines de inversión y)o renta, pudiendo adquirir, arrendar, enajenar, gravar, administrar, percibir sus frutos y contratar a cualquier título toda clase de bienes muebles y raíces; b) Constituir y participar en cualquier tipo de sociedades y asumir la administración de las mismas; c) La prestación de servicios profesionales de toda índole, en particular, en las diversas ramas o especialidades de la medicina; y d) Realizar todo otro acto relacionado con lo anterior que los socios acuerden

Administración

Gonzalo Andrés de Toro Consuagra, exclusiva e individualmente, con amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Puerto Varas, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que por escritura pública de fecha 09/05/2025, Repertorio N°745/2025, ante mí: GONZALO ANDRÉS DE TORO CONSUAGRA y XIMENA BEATRIZ PARRY ÁLVAREZ, ambos domiciliados en Avenida Martín Pescador, Casa A9, comuna de Puerto Varas, provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: "Inversiones A2J Limitada"; Domicilio: Puerto Varas, sin perjuicio de agencias, sucursales u oficinas en otros lugares del país o extranjero; Duración: 5 años, a contar fecha escritura, renovable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, en la forma indicada en la escritura; Objeto: a) La inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, para fines de inversión y/o renta, pudiendo adquirir, arrendar, enajenar, gravar, administrar, percibir sus frutos y contratar a cualquier título toda clase de bienes muebles y raíces; b) Constituir y participar en cualquier tipo de sociedades y asumir la administración de las mismas; c) La prestación de servicios profesionales de toda índole, en particular, en las diversas ramas o especialidades de la medicina; y d) Realizar todo otro acto relacionado con lo anterior que los socios acuerden. Administración y uso de la razón social: Gonzalo Andrés de Toro Consuagra, exclusiva e individualmente, con amplias facultades. Capital: $1.000.000.- que socios pagan de la siguiente forma: 1) Gonzalo Andrés de Toro Consuagra aporta $550.000 en este acto en dinero en efectivo que ingresa a la caja social; 2) Ximena Beatriz Parry Álvarez aporta $450.000 en este acto en dinero en efectivo que ingresa a la caja social. Socios limitan responsabilidad a monto de respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 15 de mayo de 2025.