Instrumento
- Fecha
- 9 de mayo de 2025
- Repertorio
- 745/2025
- Notario
- SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ
- Oficio
- Tercera Notaría de Puerto Varas
- Comuna
- Puerto Varas
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Puerto Varas
- Duración
- 5 años, a contar fecha escritura, renovable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, en la forma indicada en la escritura
Objeto social
a) La inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, para fines de inversión y)o renta, pudiendo adquirir, arrendar, enajenar, gravar, administrar, percibir sus frutos y contratar a cualquier título toda clase de bienes muebles y raíces; b) Constituir y participar en cualquier tipo de sociedades y asumir la administración de las mismas; c) La prestación de servicios profesionales de toda índole, en particular, en las diversas ramas o especialidades de la medicina; y d) Realizar todo otro acto relacionado con lo anterior que los socios acuerden
Administración
Gonzalo Andrés de Toro Consuagra, exclusiva e individualmente, con amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Puerto Varas, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que por escritura pública de fecha 09/05/2025, Repertorio N°745/2025, ante mí: GONZALO ANDRÉS DE TORO CONSUAGRA y XIMENA BEATRIZ PARRY ÁLVAREZ, ambos domiciliados en Avenida Martín Pescador, Casa A9, comuna de Puerto Varas, provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: "Inversiones A2J Limitada"; Domicilio: Puerto Varas, sin perjuicio de agencias, sucursales u oficinas en otros lugares del país o extranjero; Duración: 5 años, a contar fecha escritura, renovable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, en la forma indicada en la escritura; Objeto: a) La inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, para fines de inversión y/o renta, pudiendo adquirir, arrendar, enajenar, gravar, administrar, percibir sus frutos y contratar a cualquier título toda clase de bienes muebles y raíces; b) Constituir y participar en cualquier tipo de sociedades y asumir la administración de las mismas; c) La prestación de servicios profesionales de toda índole, en particular, en las diversas ramas o especialidades de la medicina; y d) Realizar todo otro acto relacionado con lo anterior que los socios acuerden. Administración y uso de la razón social: Gonzalo Andrés de Toro Consuagra, exclusiva e individualmente, con amplias facultades. Capital: $1.000.000.- que socios pagan de la siguiente forma: 1) Gonzalo Andrés de Toro Consuagra aporta $550.000 en este acto en dinero en efectivo que ingresa a la caja social; 2) Ximena Beatriz Parry Álvarez aporta $450.000 en este acto en dinero en efectivo que ingresa a la caja social. Socios limitan responsabilidad a monto de respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 15 de mayo de 2025.