MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD DE SERVICIOS RD INGENIERIA SpA

RUT 77898559-4 CVE 2648425
Fecha instrumento
5 de mayo de 2025
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
5 de mayo de 2025
Notario
CELESTE BECERRA MARIN
Oficio
5ª Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 43859 del 25 de mayo de 2024

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CELESTE BECERRA MARIN, Notario Público Suplente 5ª Notaría de Rancagua, Avenida General José de San Martín Nº255, certifica: Por escritura pública fecha 05 de mayo de 2025, y anotada bajo el Repertorio Notarial Nº1105/2025, ante Notario público Titular CECILIA GALVEZ PINO, Don MARCELO EDUARDO TEJOS ALARCÓN, chileno, abogado, casado, cédula nacional de identidad número 16.250.676-5, domiciliado para estos efectos en Av. Membrillar 230, oficina 66, comuna de Rancagua, quien acredita su identidad y expone: Que, debidamente facultado, reduce a escritura pública “JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTA SOCIEDAD DE SERVICIOS RD INGENIERIA SPA”, y cuyo nombre de fantasía es RD INGENIERIA SPA, Rut 77.898.559-4 la cual se constituyó mediante escritura pública con fecha 14 de mayo de 2024, repertorio número 1173-2024, otorgada ante el Notario Público Interino de la quinta Notaria de Rancagua don Álvaro Daniel Carvallo Castillo, cuyo extracto se inscribió a fojas 267 número 193, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua y se publicó en el Diario Oficial número 43.859 de fecha 25 de mayo de 2024.- LA MODIFICACIÓN ACTUAL CONSISTE: NOMBRAMIENTO DE UN NUEVO ADMINISTRADOR (A) GENERAL. Se acordó remover a don MARCELO ANDRES MANSILLA TORRES, cédula de identidad número 13.738.963-0, quien ha ejercido el cargo de Gerente General de la empresa desde la constitución de la sociedad, nombrado así en el Artículo noveno de los estatutos, nombrando como nueva representante legal y administradora General Indefinida de la sociedad a doña LUZ PAULINA ARIAS BUSTAMANTE, cédula nacional de identidad número 13.967.869-9, con las facultades contenidas en dicha cláusula. En lo no modificado rige íntegramente el pacto social original y sus modificaciones posteriores. Demas estipulaciones en la escritura extractada. Rancagua, 13 de mayo de 2025.