JAMETT & SOLLICH SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2025
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, RM. CERTIFICO por escritura pública hoy ante mí, JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, reduce a escritura pública VICENTE PATRICIO JAMETT OMEÑACA: ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “JAMETT & SOLLICH SPA” Celebrada el 15 de mayo del año 2025, a las 15:00 horas, se reunió la totalidad de la acciones emitidas con derecho a voto, ANTECEDENTES: a) La sociedad “JAMETT & SOLLICH SPA”, Rol Único Tributario N° 77.447.119-7 se constituyó por escritura pública de fecha 6 de septiembre del año 2021, suscrita ante don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N°835, piso 18, Santiago, Región Metropolitana; un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 70.991, número 32.828, correspondiente al año 2021, y publicada en el Diario Oficial Nº 43.050, con fecha 9 de septiembre del año 2021. El capital social es de 2.000.000, dividido en 2.000 acciones, completamente suscritas y pagadas. MODIFICACIÓN: A) ARTÍCULO PRIMERO: El nombre o razón social de la sociedad será "VESMIN SpA”. B) ARTÍCULO CUARTO: El objeto social será: a) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, importación, exportación, acopio, arrendamiento, subarrendamiento, comodato, leasing, diseño, producción, fabricación, elaboración, desarrollo, mantención, reparación, instalación, transporte y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, muebles o inmuebles, al por mayor o al por menor, en especial y sin ser excluyentes de todo tipo de máquinas, vehículos para la minería, repuestos para la minería, productos muebles, menaje, artículos u objetos y demás conexos cuya materia prima sea madera y metal, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; b) La prestación de toda clase de servicios, asesorías, consultorías, proyectos, investigación y desarrollo en ingeniería; a personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras; c) La prestación de toda clase de servicios y asesorías en mecánica, equipos, maquinarias y accesorios industriales en general, en taller o a domicilio, en especial y sin ser excluyentes de restauración, mantención, electricidad, instalación, actualizaciones y mejoras, automatización, afinación, inspección y puesta en marcha, entre otros relacionados; d) La realización de toda clase de negocios mineros, explotar, construir, adquirir, arrendar, aviar y enajenar a cualquier título pertenencias y derechos mineros, extraer, beneficiar, adquirir y enajenar toda clase de minerales y canteras, molienda de minerales, maquila, reconocimiento, correduría minera; e) Instalar, comprar, vender y explotar faenas y establecimientos del ramo, f) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores, tal como efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; y g) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; y h) Concurrir a la formación y/o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general; C) En todo lo no modificado por este instrumento, se mantendrá lo señalado en el estatuto social en los mismos términos estipulados en él. - Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de mayo de 2025.