CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Y Comercial OP Limitada

RUT 8185311-8 CVE 2648331
Capital
$13.000 CLP
Fecha instrumento
14 de mayo de 2025
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
14 de mayo de 2025
Notario
Iván Toledo Mora
Oficio
Tercera Notaria de la ciudad de Punta Arenas

Sociedad

Capital
$13.000 CLP
Duración
20 años renovables automática, tacita y sucesivamente. Capital aportado $13.000.000 y pagado. Administración y uso de razón social de manera conjunta y anteponiendo a sus firmas la
Ley aplicable
Ley N.

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Iván Toledo Mora, Notario Público Interino de la Tercera Notaria de la ciudad de Punta Arenas, con oficio en calle Lautaro Navarro N.º 1048, certifica: Por escritura pública, de fecha 14 de mayo del año 2025, Repertorio N.º 1519/2025, ante mí, Comparece: don ERMO OLIBIO VILLARROEL VILLARROEL, chileno, dependiente, casado, cédula de identidad N.º 8.185.311-8, con domicilio en calle Francisco Javier Reyna N.º 0627, en la ciudad de Punta Arenas, Región de Magallanes y Antártica Chilena y don ANÍBAL JORGE OYARZÚN BARRÍA, chileno, jubilado, casado, cedula de identidad N.º 7.520.618-6, domiciliado en calle Arturo Prat N.º 1845 de la ciudad de Punta Arenas, Región de Magallanes y Antártica Chilena, han constituido una Sociedad de Responsabilidad Limitada conforme a la Ley N.º 3.918, cuya razón social es Inmobiliaria Y Comercial OP Limitada, nombre de fantasía OP Limitada, con domicilio en la comuna de Punta Arenas, Región de Magallanes, siendo su objeto social la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Así también será objeto de la sociedad será el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. El objeto social también será el transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Finalmente, también será objeto de la sociedad la comercialización, representación, importación, exportación y distribución de todo tipo de productos comerciables tanto en Zona Franca como en zona extensión y/o en el resto del país; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Duración: 20 años renovables automática, tacita y sucesivamente. Capital aportado $13.000.000 y pagado. Administración y uso de razón social de manera conjunta y anteponiendo a sus firmas la razón social. Demás estipulaciones en escritura extractada.-. Punta Arenas, 15 de mayo de 2025.