MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Hotelera e Inversiones Sulca SpA

RUT 77474677-3 CVE 2648386
Fecha instrumento
24 de abril de 2025
Notaría
San Miguel

Instrumento

Fecha
24 de abril de 2025
Notario
ALEJANDRA ISABEL UGALDE CASTRO
Oficio
Séptima Notaría San Miguel
Comuna
San Miguel

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Hotelera e Inversiones Sulca SpA socio 77474677-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRA ISABEL UGALDE CASTRO, Abogada, Notario Público Titular Séptima Notaría San Miguel, oficio Santa Elena 2236, comuna San Joaquín, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública, repertorio número 1090-2025, de fecha 24 de abril de 2025, ante mí; JAVIER MARTÍN SULCA SOLARI, peruano, empresario, casado, cédula de identidad para extranjeros número catorce millones quinientos noventa y tres mil trescientos noventa y seis guion K, domiciliado en calle Santa Elena 2392, oficina 607, Comuna de San Joaquín, Región Metropolitana, modificó la sociedad, Hotelera e Inversiones Sulca SpA, RUT 77.474.677-3, sociedad inscrita a fojas 79.466, número 36.659 del año 2021 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, ampliando el objeto social, quedando compuesto el giro social como sigue: “El objeto de la sociedad será: la planificación, creación, desarrollo, explotación y administración de hoteles, moteles, residenciales, campings, cabañas de turismo, granjas, zoológicos, clubs de campo, restaurantes, supermercados, minimarkets, fuentes de soda, bares, boites, night clubs, casinos, discoteques, radioemisoras, agencias de viaje, agencias de turismo y servicios de transporte, pudiendo construir, comprar, arrendar, obtener en concesión y administrar por cuenta de terceros cualquiera de los establecimientos antes mencionados y cualquier otro tipo de proyectos turísticos, de recreación o entretenimiento; la administración y explotación de todo tipo de establecimientos destinados a la elaboración y comercialización de alimentos, abarrotes, carnes, productos lácteos, artículos de aseo, artículos para el hogar y el expendio de bebidas alcohólicas o analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar, tales como supermercados, restaurantes, bares, centros de eventos, fuentes de soda y establecimientos de comida rápida; la entrega de alimentos preparados o para preparar a empresas, instituciones o particulares; la prestación de servicios de banquetería para bodas y otras celebraciones, en establecimientos propios, arrendados o a domicilio; el desarrollo y explotación de toda clase de inversiones y negocios inmobiliarios, para ello, podrá adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces, agrícolas y no agrícolas o urbanos, arrendarlos, administrarlos, lotearlos, construirlos, venderlos, subdividirlos, urbanizarlos y en general explotarlos de cualquier forma por cuenta propia o de terceros; el desarrollo y explotación de toda clase de inversiones y negocios mobiliarios, tales como adquirir y enajenar acciones, bonos, debentures y efectos de comercio, invertir en derechos de sociedades, ya sea incorporándose a ellas o asociándose a las mismas; adquirir y enajenar todo tipo de valores mobiliarios; efectuar inversiones en el mercado de capitales y en cualquier otro rubro, bienes o valores, todo ello, con el propósito de inversión y renta, participando incluso en otras empresas o sociedades, sea como capitalista o gestora; y la contratación directa e indirecta de personal, sean estas personas naturales o jurídicas, que se regirán por reglas civiles y/o laborales. Todas las actividades indicadas anteriormente, podrá la sociedad desarrollarlas por cuenta propia o ajena, sean los terceros instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas y privadas o particulares, asociarse con dichas empresas, instituciones o personas naturales o jurídicas, tomar la representación de ellas y establecer agencias de firmas nacionales o extranjeras relacionadas con el giro ya descrito, y en general, realizar cualquiera actos, contratos o actividad, civil o comercial, que tienda directa o indirectamente a la consecución de los fines sociales, incluyendo la participación de la sociedad como socia o accionista en toda clase de empresas, compañías, sociedades o corporaciones. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá realizar cualquier otra actividad que en el futuro acuerden los accionistas, sin que ello importe o requiera una modificación de los estatutos sociales”. En todo lo que no se ha modificado por este instrumento, continúan plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo. Capital estatutario de diez millones de pesos, suscrito y pagado.- Doy fe.-