Instrumento
- Fecha
- 12 de mayo de 2025
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- 26ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
En forma individual o en conjunto con otros, por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, en el país o en el extranjero, desarrollar las siguientes actividades: i) aplicación, programación, desarrollo y explotación de cualquier clase de programas, tecnologías, software y)o plataformas computacionales, así como aplicaciones y)o programas a utilizar en computadores personales, tanto en forma local como en base a internet para así conectar usuarios, empresas y)o instituciones, y el desarrollo y explotación de cualquier clase de programas para instalar en toda clase de dispositivos electrónicos o computacionales, incluyendo equipos de comunicaciones; ii) toda clase de inversiones o negocios relativos a bienes o derechos muebles, corporales o incorporales, así como su compra, venta, explotación, comercialización o administración; iii) constituir sociedades, asociaciones, fundaciones, entidades, o cualquier otro tipo de personas jurídicas, de cualquier clase, naturaleza u objeto, e ingresar a las ya constituidas; iv) prestar toda clase de servicios o gestiones, sean profesionales, contables, consultoría fiscal, de auditoría, financieros, tributarios, técnicos, de marketing, procesamiento y análisis de datos de toda clase, estudios de mercado, análisis de datos, publicidad de cualquier clase y en cualquier medio, y cualesquiera otros, por separado o combinados; v) toda clase de operaciones de comercio interior y exterior, incluyendo actividades de comercialización, distribución, o representación de empresas nacionales o extranjeras que desarrollen cualquier actividad similar a la de la Sociedad, así como exportación e importación; vi) cualquier actividad que determinen los accionistas de común acuerdo; y vii) toda actividad necesaria para el cumplimiento de los negocios anteriores. 4. Capital y Acciones de la Sociedad: 1.000.000 de pesos, moneda de curso legal, dividido en 1.000.000 acciones nominativas, de una misma y única serie, y sin valor nominal. Los accionistas suscribieron integramente el capital antedicho en el acto de constitución, pero no lo pagaron, obligándose a hacerlo en la proporción, forma y plazo que se indica a continuación: i) Andrés Daniel Liberman Bronfman suscribe 500.000 acciones, obligándose a pagar 500.000 pesos en dinero efectivo, moneda de curso legal, correspondiente al 50% del capital de la Sociedad, dentro del plazo que vence el 12 de mayo de 2026; y ii) Ronny Andrés González Norambuena suscribe 500.000 acciones, obligándose a pagar 500.000 pesos en dinero efectivo, moneda de curso legal, correspondiente al 50% del capital de la Sociedad, dentro del plazo que vence el 12 de mayo de 2026. 5. Otorgamiento de la Escritura de Constitución: Suscrita con fecha 12 de mayo de 2025, anotada en el Libro Repertorio bajo el N° 2.916 / 2025, de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago de don Humberto Quezada Moreno, con oficio en Avenida Apoquindo N°3.196, comuna de Las Condes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular de la 26ª Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3.196, comuna de Las Condes, extracta y certifica, ante mí, escritura de constitución de sociedad por acciones: 1. Nombre de la Sociedad: Cenit Technologies Chile SpA, pudiendo usar el nombre de fantasía “Cenit SpA”. 2. Nombre de los Constituyentes: i) Andrés Daniel Liberman Bronfman; y ii) Ronny Andrés González Norambuena. 3. Objeto Social: En forma individual o en conjunto con otros, por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, en el país o en el extranjero, desarrollar las siguientes actividades: i) aplicación, programación, desarrollo y explotación de cualquier clase de programas, tecnologías, software y/o plataformas computacionales, así como aplicaciones y/o programas a utilizar en computadores personales, tanto en forma local como en base a internet para así conectar usuarios, empresas y/o instituciones, y el desarrollo y explotación de cualquier clase de programas para instalar en toda clase de dispositivos electrónicos o computacionales, incluyendo equipos de comunicaciones; ii) toda clase de inversiones o negocios relativos a bienes o derechos muebles, corporales o incorporales, así como su compra, venta, explotación, comercialización o administración; iii) constituir sociedades, asociaciones, fundaciones, entidades, o cualquier otro tipo de personas jurídicas, de cualquier clase, naturaleza u objeto, e ingresar a las ya constituidas; iv) prestar toda clase de servicios o gestiones, sean profesionales, contables, consultoría fiscal, de auditoría, financieros, tributarios, técnicos, de marketing, procesamiento y análisis de datos de toda clase, estudios de mercado, análisis de datos, publicidad de cualquier clase y en cualquier medio, y cualesquiera otros, por separado o combinados; v) toda clase de operaciones de comercio interior y exterior, incluyendo actividades de comercialización, distribución, o representación de empresas nacionales o extranjeras que desarrollen cualquier actividad similar a la de la Sociedad, así como exportación e importación; vi) cualquier actividad que determinen los accionistas de común acuerdo; y vii) toda actividad necesaria para el cumplimiento de los negocios anteriores. 4. Capital y Acciones de la Sociedad: 1.000.000 de pesos, moneda de curso legal, dividido en 1.000.000 acciones nominativas, de una misma y única serie, y sin valor nominal. Los accionistas suscribieron integramente el capital antedicho en el acto de constitución, pero no lo pagaron, obligándose a hacerlo en la proporción, forma y plazo que se indica a continuación: i) Andrés Daniel Liberman Bronfman suscribe 500.000 acciones, obligándose a pagar 500.000 pesos en dinero efectivo, moneda de curso legal, correspondiente al 50% del capital de la Sociedad, dentro del plazo que vence el 12 de mayo de 2026; y ii) Ronny Andrés González Norambuena suscribe 500.000 acciones, obligándose a pagar 500.000 pesos en dinero efectivo, moneda de curso legal, correspondiente al 50% del capital de la Sociedad, dentro del plazo que vence el 12 de mayo de 2026. 5. Otorgamiento de la Escritura de Constitución: Suscrita con fecha 12 de mayo de 2025, anotada en el Libro Repertorio bajo el N° 2.916 / 2025, de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago de don Humberto Quezada Moreno, con oficio en Avenida Apoquindo N°3.196, comuna de Las Condes. Otras estipulaciones no materia de extracto están incluidas en escritura indicada. Santiago, 13 de mayo de 2025. HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular.