MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

BAR, PUB Y RESTAURANT TECLAS LIMITADA

RUT 76810343-7 CVE 2648412
Capital
$8.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de abril de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de abril de 2025
Notario
R. ALFREDO MARTIN ILLANES
Oficio
Décimo Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$8.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, abogado, Notario Público Titular de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N° 201, locales 101 y 102, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 11 de abril de 2025, otorgada ante mí, ROSS CAPITAL SpA, RALAB SpA, FF SpA, PATECLA SpA, INVERSIONES SCHIAVONI SpA, don GERMÁN MONTERO HERRERA, don RODRIGO LEONARDO ROSS ACEVEDO, don MIGUEL ÁNGEL ALVARADO ESPINOZA, don DANIEL FERNANDO SILVA RAMIREZ, GIROPA INVEST SpA, MINI ROSS SpA, GVP SpA, PERA SpA y GASTRONÓMICA MARANTA SpA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo número siete mil seiscientos setenta y siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, únicos y actuales socios de “BAR, PUB Y RESTAURANT TECLAS LIMITADA”. Un extracto autorizado de dicha escritura se inscribió a fojas ochenta y cuatro mil seiscientos setenta y seis, número cuarenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y siete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil diecisiete, y fue publicada en el Diario Oficial de fecha dieciséis de Noviembre del mismo año, acordaron lo siguiente: Cesión de derechos sociales.- Por el presente instrumento los socios acuerdan realizar las siguientes cesiones de derechos Uno) la sociedad ROSS CAPITAL SpA, dueña del veinticinco por ciento del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a la sociedad INVERSIONES SCHIAVONI SpA, quien debidamente representada compra, acepta y adquiere para sí, el diez por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, de propiedad del cedente en la suma de ochocientos mil pesos, monto que la cesionaria paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su entera y total satisfacción; Dos) la sociedad ROSS CAPITAL SpA, dueña del veinticinco por ciento del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a la sociedad GIROPA INVEST SpA, quien debidamente representada compra, acepta y adquiere para sí, el cinco por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, de propiedad de la cedente en la suma de cuatrocientos mil pesos, monto que la cesionaria paga a la cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su entera y total satisfacción; Tres) la sociedad RALAB SpA, dueña del veinticinco por ciento del total de los derechos sociales vende, cede y transfiere a doña GERMÁN MONTERO HERRERA quien compra, acepta y adquiere para sí, el seis por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, de propiedad de la cedente en la suma de cuatrocientos ochenta mil pesos, monto que la cesionaria paga a la cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su entera y total satisfacción; Cuatro) la sociedad RALAB SpA, dueña del veinticinco por ciento del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a la sociedad MINI ROSS SpA, quien debidamente representada compra, acepta y adquiere para sí, el cinco por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, de propiedad de la cedente en la suma de cuatrocientos mil pesos, monto que la cesionaria paga a la cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su entera y total satisfacción; Cinco) la sociedad RALAB SpA, dueña del veinticinco por ciento del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a la sociedad GVP SpA, quien debidamente representada compra, acepta y adquiere para sí, el cinco por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, de propiedad de la cedente en la suma de cuatrocientos mil pesos, monto que la cesionaria paga a la cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su entera y total satisfacción; Seis) la sociedad FF SpA, dueña del veinticinco por ciento del total de los derechos sociales vende, cede y transfiere a don MIGUEL ÁNGEL ALVARADO ESPINOZA quien compra, acepta y adquiere para sí, el tres por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, de propiedad del cedente en la suma de doscientos cuarenta mil pesos, monto que el cesionario paga a la cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su entera y total satisfacción; Siete) la sociedad FF SpA, dueña del veinticinco por ciento del total de los derechos sociales vende, cede y transfiere a don RODRIGO LEONARDO ROSS ACEVEDO quien compra, acepta y adquiere para sí, el ocho por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, de propiedad del cedente en la suma de seiscientos cuarenta mil pesos, monto que el cesionario paga a la cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su entera y total satisfacción; Ocho) la sociedad FF SpA, dueña del veinticinco por ciento del total de los derechos sociales vende, cede y transfiere a don DANIEL FERNANDO SILVA RAMIREZ quien compra, acepta y adquiere para sí, el seis por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, de propiedad del cedente en la suma de cuatrocientos ochenta mil pesos, monto que el cesionario paga a la cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su entera y total satisfacción; Nueve) don JOSÉ PATRICIO ROSSETTI SEGOVIA, dueño del veinticinco por ciento del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a la sociedad PATECLA SpA, quien debidamente representada compra, acepta y adquiere para sí, el diez por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, de propiedad del cedente en la suma de ochocientos mil pesos, monto que la cesionaria paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su entera y total satisfacción; Diez) don JOSÉ PATRICIO ROSSETTI SEGOVIA, dueño del veinticinco por ciento del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a la sociedad GASTRONÓMICA MARANTA SpA, quien debidamente representada compra, acepta y adquiere para sí, el diez por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, de propiedad del cedente en la suma de ochocientos mil pesos, monto que la cesionaria paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su entera y total satisfacción; y Once) don JOSÉ PATRICIO ROSSETTI SEGOVIA, dueño del veinticinco por ciento del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a la sociedad PERA SpA, quien debidamente representada compra, acepta y adquiere para sí, el cinco por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, de propiedad del cedente en la suma de cuatrocientos mil pesos, monto que la cesionaria paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando ésta recibir dicha suma a su entera y total satisfacción.- Finiquito.- Por el presente documento, las partes presentes en este acto, se otorgan recíprocamente entre sí, el más amplio y completo finiquito, en relación a los vínculos societarios que los unieron, declarando que no existen reclamos de ninguna especie que formularse, y renunciando en este acto a toda acción que en derecho pudiere corresponderles, respecto de sus obligaciones derivadas del cumplimiento del acuerdo societario, declarando que no existen entre ellos obligaciones o deudas de ninguna naturaleza y por ningún concepto en su calidad de socios.- Con motivo de las cesiones antes señaladas, quedan a partir de hoy como únicos y actuales socios de la sociedad “BAR, PUB Y RESTAURANT TECLAS LIMITADA”, la sociedad PATECLA SpA, con ochocientos mil pesos, correspondientes al diez por ciento de los derechos de participación social; la sociedad ROSS CAPITAL SpA, con ochocientos mil pesos, correspondientes al diez por ciento de los derechos de participación social; la sociedad RALAB SpA con setecientos veinte mil pesos, correspondientes al nueve por ciento de los derechos de participación social; la sociedad FF SpA con seiscientos cuarenta mil pesos, correspondientes al ocho por ciento de los derechos de participación social; don MIGUEL ÁNGEL ALVARADO ESPINOZA con doscientos cuarenta mil pesos, correspondientes al tres por ciento de los derechos de participación social; don RODRIGO LEONARDO ROSS ACEVEDO con seiscientos cuarenta mil pesos, correspondientes al ocho por ciento de los derechos de participación social; don DANIEL FERNANDO SILVA RAMÍREZ con cuatrocientos ochenta mil pesos, correspondientes al seis por ciento de los derechos de participación social; doña GERMÁN MONTERO HERRERA con cuatrocientos ochenta mil pesos, correspondientes al seis por ciento de los derechos de participación social; la sociedad GVP SpA con cuatrocientos mil pesos, correspondientes al cinco por ciento de los derechos de participación social; la sociedad PERA SpA con cuatrocientos mil pesos, correspondientes al cinco por ciento de los derechos de participación social; la sociedad GIROPA INVEST SpA con cuatrocientos mil pesos, correspondientes al cinco por ciento de los derechos de participación social; la sociedad MINI ROSS SpA con cuatrocientos mil pesos, correspondientes al cinco por ciento de los derechos de participación social GASTRONÓMICA MARANTA SpA con ochocientos mil pesos, correspondientes al diez por ciento de los derechos de participación social y la sociedad INVERSIONES SCHIAVONI SpA con ochocientos mil pesos correspondientes al diez por ciento de los derechos de participación social.- En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanecen vigentes las estipulaciones del pacto social. Los socios dejan constancia que el capital de la sociedad es de $8.000.000. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de mayo de 2025.