MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGROINDUSTRIAL SAN SEBASTIAN LIMITADA

RUT 76257192-7 CVE 2648583
Fecha instrumento
17 de noviembre de 2012
Notaría
Casablanca

Instrumento

Fecha
17 de noviembre de 2012
Notario
ALVARO ESTRADA ALVARADO
Oficio
Primera Notaria de Casablanca
Comuna
Casablanca

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO ESTRADA ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Casablanca, con oficio en Avenida Constitución número trescientos setenta y seis / trescientos setenta y ocho, de la ciudad y comuna de Casablanca, Certifico: por escritura repertorio N°xxxxx otorgada con fecha de hoy, ante mí: don JUAN BERNARDO RUBIO JAMETT, chileno, divorciado, químico farmacéutico, domiciliado en Parcela 4 Mundo Nuevo Casablanca, Rut 4.373.459-8; don FRANCISCO JAVIER RUBIO GATICA, chileno, soltero, egresado de derecho, domiciliado en calle Prat 192, Valparaíso, Rut 16.302.594-9; doña MARIA JOSE CARLA AURELIA RUBIO GATICA, chilena, soltera, estudiante, domiciliada en Riveros Cruz 425 depto 6 Viña del Mar, rut 19.489.776-6, y doña CAMILA ANDREA RUBIO GATICA, chilena, soltera, ingeniera, domiciliada en Riveros Cruz 425 depto 6 Viña del Mar, modificaron la sociedad AGROINDUSTRIAL SAN SEBASTIAN LIMITADA o “SAN SEBASTIAN LIMITADA”, constituída por escritura pública de fecha 06) 11/2012, Rep 1844-2012, otorgada en notaría de doña Marcela Tavolari Oliveros, Notario Público de Valparaíso, publicada en el D.O N° 1.445 de fecha 17/11/2012, e inscrita a fs. 1355 N°1345 año 2012 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso. MODIFICACIONES CONSISTEN: Uno.- El socio FRANCISCO JAVIER RUBIO GATICA, vendió, cedió y transfirió a don JUAN BERNARDO RUBIO JAMETT, el 100% de los derechos que le correspondían, que ascendían al 3’% de los derechos totales de la sociedad, en la suma de $2.000.000, al contado, dinero efectivo. Dos.- Las proporciones de los socios quedan de la siguiente manera: don JUAN BERNARDO RUBIO JAMETT con un 30% de los derechos sociales totales, doña MARIA JOSE CARLA AURELIA RUBIO GATICA con un 20% de los derechos sociales totales, y doña CAMILA ANDREA RUBIO GATICA con un 50% de los derechos sociales totales. Tres.- En todo lo modificado, rige pacto original. Demás estipulaciones en escritura extractada. Portador facultado legalización. Casablanca, 24 de Abril de 2025.