QUINTANA Y CARRIZO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de mayo de 2025
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Inversiones Quintana y Quintana Limitada | socio | 76670379-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos N°941, local 302, Pasaje Matte, Santiago, Certifica: Por escritura pública de fecha 13 de mayo de 2025, Rep. Nº9261/2025, otorgada ante mí, Andro Francisco Quintana Carrizo, por sí y en representación de Inversiones Quintana y Quintana Limitada, RUT 76.670.379-8; y don Cristian Ilich Carrizo Zúñiga, todos domiciliados para estos efectos en Lote B 26, sector Las Mercedes, comuna de Requínoa, Región del Libertador Bernardo O´Higgins, de paso por esta ciudad, acordaron la modificación de sociedad “QUINTANA Y CARRIZO LIMITADA”, RUT 76.061.811-K, sociedad constituida por escritura pública de fecha 3 de junio 2009 otorgada ante don Ernesto Montoya Peredo, Notario Público Titular de la 3ª Notaría de Rancagua, extracto inscrito el 12 de junio de 2009 a fojas 259 número 385 del Registro de Comercio de Rancagua del año 2009 y fue publicado en Diario Oficial de fecha 16 de junio de 2009. Modificaciones consisten: 1) A la fecha de suscripción de la escritura extractada, son socios de Quintana y Carrizo Limitada don Andro Francisco Quintana Carrizo y don Cristian Ilich Carrizo Zúñiga, ambos con un 50% de los derechos sociales. Se efectúa transferencia de derechos: don Cristian Ilich Carrizo Zúñiga, dueño de derechos y acciones en la sociedad ascendentes a un 50%, vende, cede y transfiere un 45% de dichos derechos a Inversiones Quintana y Quintana Limitada, quién, a través de su representante, acepta para ella la cesión y transferencia indicada, al precio y forma señalada en escritura. 2) Producto de la transferencia referida, participaciones sociales quedan: Andro Francisco Quintana Carrizo, 50%; Inversiones Quintana y Quintana Limitada, 45%; y Cristian Ilich Carrizo Zúñiga, 5%. 3) Actuales socios acuerdan modificar los estatutos contenidos en la escritura de constitución en los siguientes sentidos: a) Sustituir la cláusula Quinta, referida al capital, que continúa fijado en la suma de $5.000.000, que los socios han aportado y pagado en su totalidad con anterioridad a esta fecha, efectuando los aportes en las siguientes proporciones: don Andro Francisco Quintana Carrizo, un 50% de los derechos sociales; Inversiones Quintana y Quintana Limitada, un 45% de los derechos sociales; y don Cristian Ilich Carrizo Zúñiga, un 5% de dichos derechos. b) Sustituir la cláusula Novena, referida a la duración de la sociedad, que queda fijada en 15 años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos de 10 años cada uno, de la manera señalada en escritura. c) Sustituir la Cláusula Décima de los estatutos, en asunto que no es materia de extracto.- En lo no modificado, continúa vigente lo señalado en la escritura de constitución y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura pública extractada.- Santiago, 13 de mayo de 2025.- Luis Ignacio Manquehual Mery.- Notario Público.-