Instrumento
- Fecha
- 6 de mayo de 2025
- Repertorio
- 21412-2025
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Las Condes, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros lugares del país y/o en el extranjero y
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos; su administración y explotación, subdivisión, loteos y)o urbanización, por cuenta propia o ajena, así como también gestionar u otorgar financiamientos asociados a dichos negocios; b) la realización de toda clase de inversiones de capital en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en comunidades, asociaciones y sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, chilenas o extranjeras, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos, por cuenta propia o ajena; c) la representación, en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; y, en general, de tomar la representación o mandato de negocios comerciales y)o labores técnicas de otras empresas, nacionales o extranjeras; y, d) en general, todo otro negocio o actividad que se relacione directa o indirectamente con los objetivos o fines sociales mencionados y)u otros que acuerden los accionistas de la Sociedad. ADMINISTRACIÓN Y USO DE
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, Isidora Goyenechea 3477, Oficina 10, Las Condes, certifica: por escritura pública, de fecha 06-05-2025, repertorio 21.412-2025, ante mí, XIMENA FABIOLA LÓPEZ DONOSO, Abaroa 1413, comuna de Calama, constituye Sociedad por Acciones. NOMBRE: INVERSIONES FONLOP SpA, pudiendo usar el nombre de fantasía FONLOP INV SpA que la obligará de la misma forma que su nombre. OBJETO: a) la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos; su administración y explotación, subdivisión, loteos y/o urbanización, por cuenta propia o ajena, así como también gestionar u otorgar financiamientos asociados a dichos negocios; b) la realización de toda clase de inversiones de capital en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en comunidades, asociaciones y sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, chilenas o extranjeras, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos, por cuenta propia o ajena; c) la representación, en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; y, en general, de tomar la representación o mandato de negocios comerciales y/o labores técnicas de otras empresas, nacionales o extranjeras; y, d) en general, todo otro negocio o actividad que se relacione directa o indirectamente con los objetivos o fines sociales mencionados y/u otros que acuerden los accionistas de la Sociedad. ADMINISTRACIÓN Y USO DE RAZÓN SOCIAL: corresponderá a XIMENA FABIOLA LÓPEZ DONOSO. CAPITAL SOCIAL: $10.000.000, dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por la accionista constituyente XIMENA FABIOLA LÓPEZ DONOSO en dinero efectivo y al contado en este acto. DURACIÓN: Indefinida. DOMICILIO: La ciudad de Las Condes, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros lugares del país y/o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 08 de mayo de 2025.