GUERRERO Y ROMÁN ABOGADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de mayo de 2025
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Duración
- La Sociedad comenzará a regir desde la fecha de su constitución, y tendrá una duración de 5 años, renovable sucesiva y automáticamente por iguales períodos si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de seis meses antes del fin del respectivo período
Objeto social
Capital: El capital de la sociedad es la suma de 1.000.000 de pesos, que los socios aportaron, pagaron y enteraron de la siguiente forma: /Uno/ don Matías Guerrero Hess, aportó, pagó y enteró, en el acto de constitución de la sociedad, la suma de 500.000 pesos, equivalente al 50 por ciento de los derechos sociales de la sociedad; y /Dos/ doña Camila José Román Mora aportó, pagó y enteró, en el acto de constitución de la sociedad, la suma de 500.000 pesos, equivalente al 50 por ciento de los derechos sociales de la sociedad
Administración
La administración y representación de la sociedad, con el uso de la razón social, corresponderá a don Matías Guerrero Hess, quien, anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición todos los actos y contratos que sea necesario realizar y celebrar para cumplir con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34ª Notaría Santiago, domiciliado en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico que, por escritura ante mí de fecha 12 de mayo de 2025, repertorio número 7.708-2025, don MATÍAS GUERRERO HESS, cédula de identidad número 19.456.916-5, y doña CAMILA JOSÉ ROMÁN MORA, cédula de identidad número 18.273.839-5, ambos domiciliados en Avenida Santa María 2.204, departamento 12, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada civil, cuyos estatutos contienen las siguientes menciones extractables: Razón Social: La razón social de la sociedad será GUERRERO Y ROMÁN ABOGADOS LIMITADA. Administración: La administración y representación de la sociedad, con el uso de la razón social, corresponderá a don Matías Guerrero Hess, quien, anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición todos los actos y contratos que sea necesario realizar y celebrar para cumplir con el objeto social. Capital: El capital de la sociedad es la suma de 1.000.000 de pesos, que los socios aportaron, pagaron y enteraron de la siguiente forma: /Uno/ don Matías Guerrero Hess, aportó, pagó y enteró, en el acto de constitución de la sociedad, la suma de 500.000 pesos, equivalente al 50 por ciento de los derechos sociales de la sociedad; y /Dos/ doña Camila José Román Mora aportó, pagó y enteró, en el acto de constitución de la sociedad, la suma de 500.000 pesos, equivalente al 50 por ciento de los derechos sociales de la sociedad. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos. Duración: La Sociedad comenzará a regir desde la fecha de su constitución, y tendrá una duración de 5 años, renovable sucesiva y automáticamente por iguales períodos si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de seis meses antes del fin del respectivo período. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 14 de mayo de 2025.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.-