CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

GRUPO AVA INVERSIONES SpA

CVE 2647844
Fecha instrumento
8 de mayo de 2025

Instrumento

Fecha
8 de mayo de 2025
Repertorio
2569-2025
Notario
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Oficio
Primera Notaria

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, Chile

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con oficio en calle Avenida La Dehesa 1450, local 1, comuna de Lo Barnechea, certifica: Que por escritura pública Repertorio 2569-2025, de fecha 08 de mayo de 2025, ante mí: don GONZALO AVARIA LEFORT, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad número doce millones doscientos treinta y nueve mil sesenta y seis guion siete, domiciliado en calle Los Clarines número tres mil cincuenta departamento 1202 de la comuna de Macul, Región Metropolitana; don GONZALO EDMUNDO AVARIA OLGUÍN, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número veinte millones setenta y cinco mil ciento treinta y uno guion cero, domiciliado en calle Los Clarines número tres mil cincuenta departamento 1202 de la comuna de Macul, Región Metropolitana. Constituye sociedad por acciones, cuya razón social es sociedad es “GRUPO AVA INVERSIONES SpA”. El objeto social será: a) Asumir toda clase de representaciones, agencias dentro o fuera del país, comisiones y mandatos de empresas o personas naturales y jurídicas, nacionales y/o extranjeras. B) La sociedad podrá además invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase o especie, como acciones, bonos o debentures, entre otros, y en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; podrá adquirir, enajenar, intermediar, comercializar, arrendar, subarrendar, u otra forma de explotación, loteo subdivisión, construcción, remodelación, ampliación, diseño, arriendo y urbanización de bienes raíces, sea por cuenta propia o ajena. c) la formación y participación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza y giro. Sin perjuicio de lo anterior, será del objeto de la sociedad, todo aquel negocio o actividad acordada por los socios y accionistas, y que no sean contrarios a la ley. La representación de la sociedad y su administración, así como el uso de la razón social, corresponderá a un Gerente General y/o a un administrador, elegidos, ratificados, y/o removidos, en su caso, por la junta general de accionistas, y por voto de mayoría absoluta de las acciones vigentes y con derecho a voto a la época de la votación y acuerdo sobre su elección, ratificación y/o remoción. Domicilio social: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, Chile, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales que pudieren ser establecidas tanto en Chile como en el extranjero. El capital de la sociedad es la suma de tres millones de pesos, dividido en tres mil acciones, todas ellas ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, y de igual valor entre ellas. Los constituyentes suscriben íntegramente, tres mil acciones, las cuales se pagan de contado y en dinero efectivo y que se enteran de la siguiente manera, don GONZALO AVARIA LEFORT, suscribe y paga en este acto y en dinero efectivo la cantidad de dos mil seiscientas setenta acciones, equivalentes a la suma de dos millones seiscientos setenta mil pesos; don GONZALO EDMUNDO AVARIA OLGUÍN, suscribe y paga en este acto y en dinero efectivo la cantidad de trescientas treinta acciones, equivalentes a la suma de trescientos treinta mil pesos; constituyéndose estos como los únicos accionistas por el total de los derechos en la sociedad; constituyéndose estos como los únicos accionistas por el total de los derechos en la sociedad. El plazo de duración de la sociedad será indefinido. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 08 de mayo de 2025.-