CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GARCÍA Y GARCIA SOCIEDAD LIMITADA

CVE 2648058
Fecha instrumento
8 de mayo de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de mayo de 2025
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
43 a Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público 43 a Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 08 de mayo de 2025, ante mí, don HERNALDO OMAR GARCÍA RIQUELME, cédula de identidad número trece millones cuatrocientos cincuenta y un mil cuatrocientos cincuenta y seis guion seis, domiciliado en calle José Miguel Carrera número ciento treinta, departamento dos mil ciento ochenta y uno, condominio siete plazas, comuna de La Florida, Región Metropolitana, y doña PATRICIA FERNANDA GARCÍA MOREIRA, cédula de identidad número quince millones seiscientos setenta mil ciento noventa y ocho guion k, domiciliada en Pasaje Tabolango número seis mil trescientos cincuenta y ocho, departamento D guion dieciocho, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, exponen mediante escritura pública otorgada en la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, con fecha dos de enero del año dos mil veinticinco, número de repertorio sesenta y tres guion dos mil veinticinco, se otorgó escritura pública de Constitución de Sociedad “GARCÍA Y GARCIA SOCIEDAD LIMITADA”. La sociedad no ha experimentado modificaciones de ninguna naturaleza al día de hoy. A efectos de obtener la perfección de la escritura pública de Constitución de Sociedad, y la correspondiente inscripción conservatoria, los comparecientes, rectifican la cláusula décimo quinto, en el sentido de sustituir, por la siguiente. Décimo quinto: Reserva de usufructo: se eleva a calidad de esencial de este contrato, el que la socia doña Patricia Fernanda García Moreira, antes individualizada, se reserva para sí el derecho de usufructo sobre el inmueble, cuya nuda propiedad, ha aportado, según lo convenido en la cláusula cuarto, letra B), del presente contrato. El presente instrumento se entiende en complementar, y es parte integrante de la escritura pública de Constitución de Sociedad, de fecha dos de enero del año dos mil veinticinco, en lo no modificado por la presente escritura se entiende plenamente vigente la escritura corregida. Demás estipulaciones y contenidos en escritura extractada. Santiago, 9 de Mayo de 2025.