Instrumento
- Fecha
- 2 de abril de 2025
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será el desarrollo y administración de aplicaciones digitales que faciliten la orientación en el ámbito de maquillaje, artes plásticas, peluquería, entre otros, a usuarios por intermedio de dispositivos tecnológicos, móviles, etcétera; la adquisición y enajenación de derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas; el uso de las licencias que les sean permitidas, directa o indirectamente relacionadas con el rubro señalado; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los accionistas acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público titular de la 33° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 02 de abril del año 2025, ante mí Suplente doña Verónica Torrealba Costabal, Doña LAURA MARINA ARAYA PROHENS, chilena, soltera, ingeniera civil en computación informática, cédula nacional de identidad número 20.444.205-3, domiciliada para estos efectos en José Victorino Lastarria número 70, departamento 405, comuna de Santiago, Región Metropolitana. La compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula mencionada, expone: Que por el presente acto constituye una “sociedad por acciones”. NOMBRE: El nombre o razón social será MAQUILLAI SpA, sin perjuicio que también podrá utilizar como nombre de fantasía y actuar, inclusive con los bancos y sociedades financieras, bajo la denominación “MAQUILLAI”. DOMICILIO: El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio que se podrán establecer agencias o sucursales en cualquier otra parte, dentro o fuera del país. DURACIÓN: La duración será indefinida. OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será el desarrollo y administración de aplicaciones digitales que faciliten la orientación en el ámbito de maquillaje, artes plásticas, peluquería, entre otros, a usuarios por intermedio de dispositivos tecnológicos, móviles, etcétera; la adquisición y enajenación de derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas; el uso de las licencias que les sean permitidas, directa o indirectamente relacionadas con el rubro señalado; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los accionistas acuerden. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas en la forma indicada en el artículo segundo transitorio. Los eventuales aumentos posteriores de capital deberán quedar totalmente suscritos y pagados dentro del plazo no superior a cinco años desde la fecha en que se acuerde el aumento. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo, el capital quedará reducido al monto efectivamente pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, tendrán sin perjuicio de ello todos los derechos que los estatutos o la ley le asignen durante todo el tiempo que transcurra desde su emisión hasta el vencimiento del plazo establecido para su pago. El capital social de un millón pesos, dividido en mil acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, se encuentra totalmente pagado y las acciones íntegramente suscritas por los accionistas en las siguientes cantidades: a) LAURA MARINA ARAYA PROHENS, suscribe mil acciones, representativas de un valor de un millón de pesos, íntegramente pagadas. Demás cláusulas constan en la escritura extractada. Santiago, 12 de mayo de 2025.