INMOBILIARIA LIGOMAR SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de marzo de 2025
- Repertorio
- 229/2025
- Notario
- VERONICA CECILIA SALAZAR HERNANDEZ
- Domicilio
- Conservador y Archivero Judicial de esta ciudad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA CECILIA SALAZAR HERNANDEZ, abogada, Notario Público, Conservador y Archivero Judicial de esta ciudad, Suplente de la Titular doña ISABEL MARGARITA CHADWICK VERGARA, según Decreto Económico del Juzgado de Letras, Garantía, Familia y del Trabajo de Pichilemu, que se encuentra Protocolizado Bajo el Número ochenta y uno en el Registro de Instrumentos Públicos de esta Notaría correspondiente al año dos mil veinticinco, con oficio en Avenida Daniel Ortúzar Cuevas número seiscientos veintiuno de la ciudad de Pichilemu, CERTIFICA: Que, por escritura pública de fecha 14 de marzo de 2025, con Repertorio N° 229/2025, ante mí, JUAN PABLO LIRA TORO, CATALINA ASCENSIÓN SÁNCHEZ BRETÓN y MARÍA JESÚS SÁNCHEZ BRETÓN, todos domiciliados para este efecto en esta ciudad, calle Catrianca sin número, modificaron el título tercero de la constitución de la sociedad “INMOBILIARIA LIGOMAR SPA” Rol Único Tributario número 77.160.518-4, inscrita en extracto de constitución a fojas 33.538, número 16.466 del registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2020, en los siguientes términos: Modificación del pacto social. JUAN PABLO LIRA TORO, CATALINA ASCENSIÓN SÁNCHEZ BRETÓN y MARÍA JESÚS SANCHEZ BRETÓN, quienes reúnen la totalidad de las acciones suscritas y pagadas, como únicos y actuales accionistas de la sociedad por acciones INMOBILIARIA LIGOMAR SPA, con 500 acciones, 200 y 300 acciones, cada uno respectivamente, que representan al cien por ciento de la totalidad de 1000 acciones en que está dividido el capital social, modificaron el pacto social suscrito por escritura pública de constitución de fecha 1 de junio de 2020, otorgada ante don José Leonardo Brusi Muñoz, Abogado, notario Público suplente del Titular don Álvaro González Salinas de la 42º notaria de Santiago, respecto de la administración de la sociedad, en el sentido de que revocaron todos los poderes anteriores designados a los socios originales y cualquier otro poder existente, quedando la administración, representación y uso del nombre de la Sociedad INMOBILIARIA LIGOMAR SPA correspondiente a JUAN PABLO LIRA TORO actuando siempre conjuntamente con CATALINA ASCENSIÓN SÁNCHEZ BRETÓN, con todas las facultades y atribuciones ya individualizadas en la respectiva escritura pública de constitución de la sociedad. Asimismo, los comparecientes JUAN PABLO LIRA TORO, CATALINA ASCENSIÓN SÁNCHEZ BRETÓN y MARÍA JESÚS SANCHEZ BRETÓN, quienes reúnen la totalidad de las acciones suscritas y pagadas de la Sociedad por Acciones INMOBILIARIA LIGOMAR SPA, ratificaron por escritura pública ya mencionada de fecha 14 de marzo de 2025, todo lo no modificado suscrito por escritura de constitución de la sociedad en escritura pública de fecha 1 de junio de 2020 otorgada ante don José Leonardo Brusi Muñoz, Abogado, notario Público suplente del Titular don Álvaro González Salinas de la 42º notaria de Santiago. Demás estipulaciones en escritura extractada. Pichilemu, dos de Mayo de 2025.