ALEJANDRO ALLEL Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de marzo de 2024
- Notario
- MARCELA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Miguel
Administración
los comparecientes modifican el artículo referente a la administración social de la compañía, en el sentido que la administración y el uso de la razón social, corresponderá de forma individual e indistinta a uno cualquiera de los socios MARÍA MARCELA NAZAR ZAROR, CLAUDIA ANDREA ALLEL NAZAR, VIRGINIA ALLEL NAZAR, CHRISTIAN ANTONIO ALLEL NAZAR, RODRIGO ALEJANDRO ALLEL NAZAR, con amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA MEDINA RICCI, Notario Público de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa número siete mil novecientos cincuenta y cinco, certifico: Por escritura pública, hoy ante mí, comparece la SUCESION DE DON ALEJANDRO ALLEL ALLEL compuesta por su cónyuge sobreviviente MARÍA MARCELA NAZAR ZAROR y sus hijos CLAUDIA ANDREA ALLEL NAZAR, VIRGINIA ALLEL NAZAR, CHRISTIAN ANTONIO ALLEL NAZAR, RODRIGO ALEJANDRO ALLEL NAZAR, y doña MARÍA MARCELA NAZAR ZAROR por sí, todos domiciliados en Avda. la Dehesa N°224, depto. 228, Lo Barnechea, Santiago, R.M. en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad “ALEJANDRO ALLEL Y COMPAÑÍA LIMITADA”, RUT N°83.517.800-5, inscrita en Reg. Comercio Conservador Bienes Raíces Stgo. A fs. 6827, N°3487, del año 1972, acordaron lo siguiente: 1) Constancias: se deja constancia que en razón del fallecimiento de don Alejandro Allel Allel lo suceden legalmente, en su calidad de socios y con todas las facultades que en derecho le corresponden, sus herederos don Christian Antonio Allel Nazar, doña Claudia Andrea Allel Nazar, doña Virginia Allel Nazar y don Rodrigo Allel Nazar en calidad de hijos del causante y doña María Marcela Nazar Zaror, en calidad de cónyuge del causante, además se deja constancia que en razón del fallecimiento de doña Emilia Zaror Gabrie, la suceden legalmente, en su calidad de socios y con todas las facultades que en derecho le corresponden, sus herederos Jorge Enrique Nazar Zaror, doña María Marcela Nazar Zaror, doña Ana María Nazar Zaror y a doña Verónica del Carmen Nazar Zaror. 2) Cesión de derechos: según escritura pública de fecha 12 de marzo de 2024, otorgada en la notaría pública de San Miguel con asiento en San Ramon de doña Marcela Medina Ricci, rectificada en la misma notaría con fecha 1 de abril del año 2025, don Jorge Enrique Nazar Zaror doña Ana María Nazar Zaror y a doña Verónica del Carmen Nazar Zaror, cedieron la totalidad de sus derechos hereditarios a doña María Marcela Nazar Zaror. 3) modificación social: en virtud del fallecimiento de los socios y de la cesión de derechos, quedan como únicos y actuales socios modificando el artículo del estatuto referente al capital de la sociedad por el siguiente: El capital de la sociedad es la suma de trescientos mil pesos, que para todos los efectos legales se entiende aportado en dinero por los socios en las siguientes proporciones: A) Doña MARÍA MARCELA NAZAR ZAROR, titular de un 67,668% del total de los derechos sociales de la compañía; B) Doña CLAUDIA ANDREA ALLEL NAZAR, titular de 8,083% del total de los derechos sociales de la compañía. C) Doña VIRGINIA ALLEL NAZAR, titular de un 8,083% del total de los derechos sociales de la compañía; D) Don CHRISTIAN ANTONIO ALLEL NAZAR, titular del 8,083% del total de los derechos sociales de la compañía; E) Don RODRIGO ALEJANDRO ALLEL NAZAR, titular del 8,083% del total de los derechos sociales de la compañía. 4) modificación administración: los comparecientes modifican el artículo referente a la administración social de la compañía, en el sentido que la administración y el uso de la razón social, corresponderá de forma individual e indistinta a uno cualquiera de los socios MARÍA MARCELA NAZAR ZAROR, CLAUDIA ANDREA ALLEL NAZAR, VIRGINIA ALLEL NAZAR, CHRISTIAN ANTONIO ALLEL NAZAR, RODRIGO ALEJANDRO ALLEL NAZAR, con amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de abril del 2025. Doy fe. MARCELA MEDINA RICCI. N.P.