INVERSIONES Y TRANSPORTES INTERTRUCK LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de abril de 2025
- Repertorio
- 273-2025
- Notario
- FRANCISCO JAVIER AHUMADA CASTILLO
- Oficio
- Notaría de Renca
- Comuna
- Renca
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER AHUMADA CASTILLO, Abogado, Notario Público Interino, Notaría de Renca, con domicilio en Domingo Santa María N° 3629, Renca. CERTIFICO: Por escritura de fecha 04 de abril de 2025, Repertorio N°273-2025, otorgada ante mí comparecieron: don LUIS FERNANDO MILLAMÁN GALLEGUILLOS, don ARIEL DEL MAURO MILLAMÁN RIVERA, don FERNANDO ANTONIO SAN MARTÍN MUÑOZ, todos con domicilio en América del Norte número dos mil catorce, comuna de San Ramón, Región Metropolitana, y de paso por esta comuna, Modifican sociedad INVERSIONES Y TRANSPORTES INTERTRUCK LIMITADA, que se constituyó por escritura pública de fecha 24 de mayo del año 2010, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Oscar Ernesto Navarrete Villalobos, Notario Público Suplente de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martin Urrejola, repertorio N°12.863-2010, fue inscrita a fojas 33340 bajo el N° 22894, del Registro de Comercio del año 2010 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Modificación consiste en la salida del socio señor ARIEL DEL MAURO MILLAMÁN RIVERA, quien cede la totalidad de los derechos sociales ascendientes al diez por ciento del haber social a don FERNANDO ANTONIO SAN MARTÍN MUÑOZ. El precio de la cesión es la suma de un millón de pesos, que el cesionario paga al cedente en dinero en efectivo. Quedan comprendidos dentro de la cesión la totalidad de los haberes, derechos, acciones e intereses que, por concepto de capital, de fondos sociales de cualquiera índole, finalidad o denominación, como son los de reserva, de revalorización, etcétera, de crédito, de utilidades o a cualquier otro título, hayan correspondido al cedente, en proporción a los derechos transferidos, en la sociedad “INVERSIONES Y TRANSPORTES INTERTRUCK LIMITADA”.- En todo lo no modificado por este instrumento, quedan subsistentes íntegramente las disposiciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. – Santiago, 12 de mayo de 2025.