INMOBILIARIA SANTA MÓNICA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de abril de 2025
- Repertorio
- 2281/2025
- Notario
- LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ
- Oficio
- 20º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
- Domicilio
- la ciudad de Rancagua
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La adquisición, construcción, arriendo y administración de oficinas de servicios de todo tipo, orientadas especialmente, aunque no únicamente, al ámbito de la salud física y)o mental, así como también a la prestación de servicios jurídicos; b) La prestación directa o a través de terceros de servicios profesionales de toda índole, especialmente aunque no únicamente, en el ámbito de la salud física y)o mental, así como en el ámbito de las asesorías jurídicas y)o asistencia judicial; c) La prestación directa o a través de terceros de servicios de capacitación, coaching, asesorías, cursos de formación y otros de naturaleza similar; d) La adquisición, arriendo y administración de vehículos motorizados y otros bienes muebles; y e) La celebración de todos aquellos actos o contratos que les permitan desarrollar directa o indirectamente el objeto social, pudiendo, para estos efectos, presentarse a licitaciones o propuestas públicas o privadas y adjudicarse la prestación de servicios profesionales en la forma y condiciones que estimen convenientes, incluso vía trato directo.- Administración, representación y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, abogado, Notario Público Titular 20º Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo N° 4990, Las Condes, Santiago, CERTIFICO:- Por escritura pública hoy 25 de abril de 2025, ante mí, Repertorio N° 2281/2025, OSVALDO ALEJANDRO ARAVENA DURÁN, chileno, casado y separado de bienes, psicólogo, cédula de identidad N° 11.891.083-4, Avenida Central N° 570, comuna de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O`Higgins, de paso en ésta; AGUSTÍN OSVALDO ARAVENA ÁLVAREZ, chileno, soltero, egresado de derecho, cédula de identidad N°20.287.053-8, Contramaestre Micalvi N°510, departamento 11, Ñuñoa, Santiago, MARÍA JESÚS ARAVENA ÁLVAREZ, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad N°20.665.221-7 y FERNANDA SOFÍA ARAVENA ÁLVAREZ, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad N° 21.478.353-3, ambas domiciliadas Rosario Sur N°234, departamento 51, Las Condes, Santiago, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social: “INMOBILIARIA SANTA MÓNICA LIMITADA” nombre de fantasía “SANTA MOKA LTDA.” Objeto: a) La adquisición, construcción, arriendo y administración de oficinas de servicios de todo tipo, orientadas especialmente, aunque no únicamente, al ámbito de la salud física y/o mental, así como también a la prestación de servicios jurídicos; b) La prestación directa o a través de terceros de servicios profesionales de toda índole, especialmente aunque no únicamente, en el ámbito de la salud física y/o mental, así como en el ámbito de las asesorías jurídicas y/o asistencia judicial; c) La prestación directa o a través de terceros de servicios de capacitación, coaching, asesorías, cursos de formación y otros de naturaleza similar; d) La adquisición, arriendo y administración de vehículos motorizados y otros bienes muebles; y e) La celebración de todos aquellos actos o contratos que les permitan desarrollar directa o indirectamente el objeto social, pudiendo, para estos efectos, presentarse a licitaciones o propuestas públicas o privadas y adjudicarse la prestación de servicios profesionales en la forma y condiciones que estimen convenientes, incluso vía trato directo.- Administración, representación y uso razón social: corresponderá al socio OSVALDO ALEJANDRO ARAVENA DURÁN, quien anteponiendo su firma a la razón social la representará con las más amplias facultades indicadas en escritura extractada.- Capital: $4.000.000, que socios aportan por partes iguales en dinero efectivo de la siguiente forma: a) OSVALDO ALEJANDRO ARAVENA DURÁN y AGUSTÍN OSVALDO ARAVENA ÁLVAREZ con $1.000.000 cada uno, que enteran en este acto en efectivo a la caja social; y b) MARÍA JESÚS ARAVENA ÁLVAREZ y FERNANDA SOFÍA ARAVENA ÁLVAREZ con $1.000.000 cada una, que enterarán en el plazo de 1 año a partir de la fecha de la escritura.- Responsabilidad socios: queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Duración: indefinida desde fecha escritura.- Domicilio: la ciudad de Rancagua, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales otros puntos del país o extranjero.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de abril de 2025.-