MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES INMOVAL LIMITADA

RUT 77482478-2 CVE 2646611
Fecha instrumento
12 de mayo de 2025

Instrumento

Fecha
12 de mayo de 2025
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha siete de mayo de dos mil veinticinco, ante mí, don HÉCTOR RENATO VALLETTE VALDERRAMA, chileno, constructor civil, casado y separado totalmente de bienes, Cédula Nacional de Identidad número seis millones trescientos ochenta y tres mil ciento setenta y nueve guion cuatro, domiciliado en Calle Avenida Llaima número seiscientos cuarenta y cinco, ciudad de Cunco, de paso en esta ciudad; doña ROSA AMELIA ALMARZA VÁSQUEZ, chilena, profesora jubilada, divorciada, Cédula Nacional de Identidad número siete millones doscientos siete mil ochocientos veintiséis guion ocho, domiciliada en Pasaje Juan Egaña número mil ochocientos setenta, Villa Vitacura, ciudad y comuna de Temuco; don RODRIGO ANDREE VALLETTE ALMARZA, chileno, odontólogo, casado bajo el régimen de sociedad conyugal, Cédula Nacional de Identidad número trece millones quinientos dieciséis mil seiscientos cincuenta y cinco guion tres, domiciliado en Calle Arturo Pérez Canto número cero dos mil cincuenta y cinco, Edificio Andalucía, Departamento número treinta y seis, Condominio Sevilla, ciudad y comuna de Temuco; doña ROSE MARIE VALLETTE ALMARZA, chilena, profesora de inglés, casada bajo el régimen de sociedad conyugal con don Edison Javier San Martín Nahuelquín, Cédula Nacional de Identidad número quince millones seiscientos cincuenta y tres mil seiscientos veintitrés guion siete, domiciliada en Calle Darío Salas número mil veinte, ciudad y comuna de Gorbea, de paso en esta ciudad, quien actúa bajo la esfera de su patrimonio reservado conforme lo autoriza el artículo ciento cincuenta del Código Civil; y don PABLO RENATO VALLETTE ALMARZA, chileno, empleado, soltero, Cédula Nacional de Identidad número trece millones novecientos sesenta y cinco mil cincuenta y cinco guion siete, domiciliado en Pasaje Juan Egaña número mil ochocientos setenta, Villa Vitacura, ciudad y comuna de Temuco, expusieron: Antecedentes: a.- Los comparecientes señalan que el compareciente Héctor Renato Vallette Valderrama y doña Fabiana Raquel Parra Guiñez, por escritura pública de fecha diez de junio del año dos mil dos otorgada ante el notario público de la agrupación de las comunas de Temuco, Padre las Casas, Cunco, Vilcún, Freire y Melipeuco don Vicente Villarroel Ramírez, suplente del titular don Marcelo Emilio Gay Pasche, constituyeron la sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada INMOBILIARIA E INVERSIONES INMOVAL LIMITADA, Rol Único Tributario setenta y siete millones cuatrocientos ochenta y dos mil cuatrocientos setenta y ocho guion dos, inscrita en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas quinientos setenta y seis vuelta número cuatrocientos ochenta y nueve del año dos mil dos y cuyo extracto se publicó en el trescientos veintinueve y se anotó al margen de la inscripción social y que a la fecha eran los únicos socios.- b.- Asimismo los comparecientes Héctor Renato Vallette Valderrama y Rosa Amelia Almarza Vásquez declaran que por escritura pública de fecha cuatro de febrero del año dos mil veintidós otorgada ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, se modificó la sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada Inmobiliaria e Inversiones Inmoval Limitada, que consistió en el retiro de la socia Fabiana Raquel Parra Guiñez y el ingreso como socia de la sociedad de la compareciente Rosa Amelia Almarza Vásquez, con una proporción del cincuenta por ciento del capital social, quedando como únicos socios los comparecientes Héctor Renato Vallette Valderrama y Rosa Amelia Almarza Vásquez, ambos con una proporción del cincuenta por ciento del capital social, declaran que respecto de esta escritura de modificación no se confeccionó el extracto correspondiente, ni su publicación en el conformidad a lo establecido en el artículo tercero de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, los citados comparecientes y socios, por escritura pública de fecha seis de mayo del año dos mil veintidós otorgada ante el Notario de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, procedieron a sanear los vicios y omisiones indicados, y en consecuencia el extracto de la escritura referida se inscribió a fojas quinientos treinta y uno número doscientos sesenta y cuatro en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil veintidós, extracto que se publicó con fecha veinticuatro de mayo del año dos mil veintidós en el Diario Oficial de la República, en su edición número cuarenta y tres mil doscientos sesenta y que se anotó al margen de la inscripción respectiva con fecha trece de junio del año dos mil veintidós.- PRESENTE CESION: A.- Por medio del presente instrumento y con acuerdo y consentimiento de la socia Rosa Amelia Almarza Vásquez, el socio don Héctor Renato Vallette Valderrama, vende, cede y transfiere el total de sus derechos sociales, acciones, cuotas, haberes y participaciones en la sociedad, que corresponden al cincuenta por ciento del capital social a los comparecientes don Rodrigo Andree Vallette Almarza, doña Rose Marie Vallette Almarza, y don Pablo Renato Vallette Almarza, quienes aceptan y adquieren para sí los referidos derechos, en común e iguales partes.- B.- Igualmente y por medio del presente instrumento y con acuerdo y consentimiento del socio Héctor Renato Vallette Valderrama, la socia Rosa Amelia Almarza Vásquez vende, cede y transfiere el total de sus derechos sociales, acciones, cuotas, haberes y participaciones en la sociedad, que corresponden al cincuenta por ciento del capital social a los comparecientes don Rodrigo Andree Vallette Almarza, doña Rose Marie Vallette Almarza, y don Pablo Renato Vallette Almarza, quienes aceptan y adquieren para sí los referidos derechos, en común e iguales partes.- Precio de la cesión, el valor total de esta cesión es la suma total de cuarenta y cinco millones de pesos, que se han enterado y pagado por los cesionarios de la siguiente forma: Uno.- Respecto del socio Héctor Renato Vallette Valderrama, corresponde la suma de veintidós millones quinientos mil pesos, que se han enterado y pagado por los cesionarios al cedente, de la siguiente forma y proporción; a.- Don Rodrigo Andree Vallette Almarza, con la suma de siete millones quinientos mil pesos, al contado y en dinero efectivo con anterioridad al presente acto; b.- Doña Rose Marie Vallette Almarza, con la suma de siete millones quinientos mil pesos, al contado y en dinero efectivo con anterioridad al presente acto; y c.- Don Pablo Renato Vallette Almarza, con la suma de siete millones quinientos mil pesos, al contado y en dinero efectivo con anterioridad al presente acto, manifestando el cedente haber recibido y percibido el precio de la cesión en la forma expresada a su entera satisfacción.- Declaran, en consecuencia, las partes íntegramente pagado y cancelado el precio.- Dos.- En relación a la socia doña Rosa Amelia Almarza Vásquez, el precio de la cesión es la suma de veintidós millones quinientos mil pesos, que se han enterado y pagado por los cesionarios a la cedente, de la siguiente forma y proporción; a.- Don Rodrigo Andree Vallette Almarza, con la suma de siete millones quinientos mil pesos, al contado y en dinero efectivo con anterioridad al presente acto; b.- Doña Rose Marie Vallette Almarza, con la suma de siete millones quinientos mil pesos, al contado y en dinero efectivo con anterioridad al presente acto; y c.- Don Pablo Renato Vallette Almarza, con la suma de siete millones quinientos mil pesos, al contado y en dinero efectivo con anterioridad al presente acto, manifestando la cedente haber recibido y percibido el precio de la cesión en la forma expresada a su entera satisfacción.- Declaran, en consecuencia, las partes íntegramente pagado y cancelado el precio.- En mérito de lo expresado se ha modificado la sociedad en cuanto a la conformación de los socios y del haber social, en la forma que pasa a expresarse, así, son actualmente únicos socios de la sociedad, los comparecientes Rodrigo Andree Vallette Almarza, Rose Marie Vallette Almarza, y Pablo Renato Vallette Almarza con el cien por ciento del haber social en partes iguales.- Asimismo los socios declaran que no existen reclamos entre ellos, respecto de la conformación y aportes del capital y en cuanto a la proporción que sobre éste corresponde a cada uno de ellos y desde ya renuncian, recíprocamente, a cualquier acción que al respecto les pudiera corresponder y se otorgan igualmente, amplio, total y completo finiquito por este concepto.- PRESENTE MODIFICACION: Asimismo, los socios modifican la sociedad en el sentido que el uso de la razón social y la representación de la sociedad corresponderá exclusivamente al socio don Rodrigo Andree Vallette Almarza, con las facultades que se expresan en la escritura de constitución de la sociedad.- En todo lo no modificado por la presente escritura, queda ratificado y plenamente vigente el estatuto social de que dan cuenta la escritura de constitución de la sociedad, y sus modificaciones conforme se ha expresado en la cláusula primera precedente.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 12 de Mayo de 2025.-