Instrumento
- Fecha
- 9 de mayo de 2025
- Repertorio
- 5593-2025
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la Sociedad es la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas o sociedades por acciones, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, por cuenta propia o ajena y en general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36ª Notaría Santiago, con oficio en calle La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: que por escritura pública de fecha 9 de mayo del año 2025, repertorio N°5.593- 2025, ante mí, don Cristóbal Laso Figueroa y doña Macarena Sofía Álvarez Scheuch, constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “CYM Inversiones SpA”. Objeto: El objeto de la Sociedad es la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas o sociedades por acciones, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, por cuenta propia o ajena y en general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos. Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en un millón de acciones ordinarias y sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes. En el mismo acto de constitución el accionista don Cristóbal Laso Figueroa suscribió y pagó, íntegramente y en dinero efectivo, quinientas mil acciones, equivalentes al monto de quinientos mil pesos, y la accionista doña Macarena Sofía Álvarez Scheuch suscribió y pagó, íntegramente y en dinero efectivo, quinientas mil acciones, equivalentes al monto de quinientos mil pesos. En consecuencia, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 9 de mayo del año 2025.