MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ARTHUR J. GALLAGHER CHILE CORREDORES DE REASEGUROS SpA

RUT 76258213-9 CVE 2646752
Capital
$2.400.000 CLP
Fecha instrumento
30 de abril de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de abril de 2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.400.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Nancy de la Fuente Hernández, titular de la Trigésimo Séptima Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos N°117, oficina 1014, de la comuna de Santiago, certifica que: (i) por escritura pública de fecha 30 de abril de 2025, Rep N° 1362-2025, otorgada ante mí, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Arthur J. Gallagher Chile Corredores de Reaseguros SpA, inscrita a fojas 93061, número 65613 del Registro de Comercio del año 2012, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, celebrada en la misma fecha; y (ii) por resolución sin forma de junta de fecha 30 de abril de 2025, que consta en escritura pública, Rep N° 1360-2025, otorgada ante mí, por Arthur J. Gallagher Chile Corredores de Reaseguros SpA, en su calidad de único accionista de Holdco Re SpA, inscrita a fojas 63120, número 25441, del Registro de Comercio del año 2024, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, se acordó e hizo constar: Uno) La fusión por incorporación de Holdco Re SpA en Arthur J. Gallagher Chile Corredores de Reaseguros SpA, aportando por tanto Holdco Re SpA la totalidad de sus activos y pasivos a Arthur J. Gallagher Chile Corredores de Reaseguros SpA, la que en consecuencia sucederá a Holdco Re SpA en todos sus derechos y obligaciones. Dos) La aprobación de la disolución de la sociedad Holdco Re SpA por su único accionista Arthur J. Gallagher Chile Corredores de Reaseguros SpA. Tres) Que el único accionista de la sociedad absorbida Holdco Re SpA, es la sociedad absorbente Arthur J. Gallagher Chile Corredores de Reaseguros SpA y, en consecuencia, el capital social de esta última que asciende a la suma de $2.400.000, dividido en 2400 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, permanece sin cambios después de la fusión. Demás estipulaciones constan en escrituras públicas extractadas. Santiago, 08 de mayo de 2025.