Sociedad de Inversiones Jobemag Limitada
Instrumento
- Fecha
- 17 de abril de 2025
- Notario
- Suplente de don PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- 1° Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $4.233.440 CLP
- Duración
- 30 años, renovables por períodos iguales y sucesivos de 30 años cada uno, salvo aviso de término de forma indicada en escritura extractada. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
José Luis Sagardía Azola y Marcela Rita Arcila Jorquera, actuando de la forma que a continuación se indica: i) Actuarán indistintamente en forma conjunta o separada, respecto de todos aquellos actos jurídicos que no comprometan el patrimonio de la Sociedad, como también, respecto de aquellos actos que impliquen gravar, adquirir o enajenar bienes, contraer pasivos, créditos o comprometer patrimonio social, por montos inferiores a quinientas Unidades de Fomento, por operación, o en conjunto, si varias operaciones tienen el mismo objetivo, dentro de un año calendario; ii) Actuarán en forma conjunta respecto de todos los demás actos de la Sociedad. Cinco)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAFAEL ORLANDO CORVALÁN GUERRA, Suplente de don PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Notario Público Titular de la 1° Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales No. 5841, comuna de La Reina, certifica que por escritura pública de fecha 17 de abril de 2025, repertorio No. 16.096 /2025, otorgada ante mí, don José Luis Sagardía Azola, doña Marcela Rita Arcila Jorquera y doña Josefa Belén Sagardía Arcila, todos domiciliados para estos efectos en Parcela No. 7, Fundo Arthur, Ruta 225, comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos, y de paso en ésta, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Uno) Razón Social: Sociedad de Inversiones Jobemag Limitada, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de Inversiones Jobemag Ltda. Dos) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) La inversión y obtención de rentas de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales y derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, nacionales o extranjeras, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Asimismo, la Sociedad podrá adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, formar parte en otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de estas; y, b) Cualquier otro que los socios acuerden y que esté directa o indirectamente vinculado con el objeto social. Tres) Capital: $4.233.440, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: i) Don José Luis Sagardía Azola aporta la suma de $3.787.840, equivalentes al 89,5% del capital y derechos sociales, mediante el aporte en dominio de derechos sociales ascendentes al 89% en la sociedad S.O.C. Ingeniería Limitada, rol único tributario 76.644.520-9, por igual suma, de acuerdo a la determinación de su costo tributario a esta fecha; ii) Doña Marcela Rita Arcila Jorquera aporta la suma de $425.600, equivalentes al 10,1% del capital y derechos sociales, mediante el aporte en dominio de derechos sociales ascendentes al 10% en la sociedad S.O.C. Ingeniería Limitada, rol único tributario 76.644.520-9, por igual suma, de acuerdo a la determinación de su costo tributario a esta fecha, y; iii) Doña Josefa Belén Sagardía Arcila aporta la suma de $20.000, equivalentes al 0,5% del capital y derechos sociales, pagados al contado y en dinero efectivo. Cuatro) Administración y uso de la razón social: José Luis Sagardía Azola y Marcela Rita Arcila Jorquera, actuando de la forma que a continuación se indica: i) Actuarán indistintamente en forma conjunta o separada, respecto de todos aquellos actos jurídicos que no comprometan el patrimonio de la Sociedad, como también, respecto de aquellos actos que impliquen gravar, adquirir o enajenar bienes, contraer pasivos, créditos o comprometer patrimonio social, por montos inferiores a quinientas Unidades de Fomento, por operación, o en conjunto, si varias operaciones tienen el mismo objetivo, dentro de un año calendario; ii) Actuarán en forma conjunta respecto de todos los demás actos de la Sociedad. Cinco) Duración: 30 años, renovables por períodos iguales y sucesivos de 30 años cada uno, salvo aviso de término de forma indicada en escritura extractada. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 9 de mayo de 2025.