MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Inversiones, Inmobiliaria y Turismo Bondi e Iriarte Limitada

RUT 78050869-8 CVE 2645986
Fecha instrumento
24 de abril de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de abril de 2025
Notario
R. ALFREDO MARTIN ILLANES
Oficio
Décimo Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones, en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, acciones de sociedades, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios, todo ello tanto en Chile como en el extranjero; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el cumplimiento de los fines indicados y el desarrollo de la actividad propia de la sociedad; b) la adquisición, compra, venta, aporte, arrendamiento, administración, explotación, permuta, parcelación, diseño, proyecto, construcción, reparación, readecuación, remodelación, reparación, alhajamiento y explotación comercial de toda clase de bienes inmuebles; la promoción, organización, desarrollo y participación en negocios inmobiliarios, la inversión y explotación de todo tipo de bienes corporales o incorporales en general, y la realización de cualquier otro negocio o industria y, en general, ejecutar todo tipo de actividades relacionadas con las ya descritas o que decidan los socios; c) la realización de toda clase de actividades de turismo; y d) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas a lo señalado en el literal a, b) y c) de esta cláusula”. En todo lo no modificado se mantiene vigente pacto social constitutivo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, abogado, Notario Público Titular de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N° 201, locales 101 y 102, Providencia, certifica: Por escritura de hoy ante mí, ALVARO ANDRÉS IRIARTE BARON, chileno, casado y separado totalmente de bienes, abogado, cédula de identidad número 16.359.871-K, y KIM-FA EDITH BONDI HAFON, chilena, casada y separada totalmente de bienes, abogado, cédula de identidad y rol único tributario número 16.132.541-4, ambos domiciliado en El Vergel número 2744 departamento 303, comuna de Providencia, Región Metropolitana; modificaron sociedad responsabilidad limitada “SOCIEDAD DE INVERSIONES, INMOBILIARIA Y TURISMO BONDI E IRIARTE LIMITADA”, o “INVERSIONES E INMOBILIARIA CATAYA LIMITADA” o “INVERSIONES E INMOBILIARIA CATAYA LTDA.”, rol único tributario N° 78.050.869-8.- Modificación el objeto del estatuto social en el siguiente tenor: “TERCERO: Objeto social. El objeto de la Sociedad será: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones, en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, acciones de sociedades, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios, todo ello tanto en Chile como en el extranjero; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el cumplimiento de los fines indicados y el desarrollo de la actividad propia de la sociedad; b) la adquisición, compra, venta, aporte, arrendamiento, administración, explotación, permuta, parcelación, diseño, proyecto, construcción, reparación, readecuación, remodelación, reparación, alhajamiento y explotación comercial de toda clase de bienes inmuebles; la promoción, organización, desarrollo y participación en negocios inmobiliarios, la inversión y explotación de todo tipo de bienes corporales o incorporales en general, y la realización de cualquier otro negocio o industria y, en general, ejecutar todo tipo de actividades relacionadas con las ya descritas o que decidan los socios; c) la realización de toda clase de actividades de turismo; y d) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas a lo señalado en el literal a, b) y c) de esta cláusula”. En todo lo no modificado se mantiene vigente pacto social constitutivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de abril de 2025.-