IMPORT-EXPORT BEST CARS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de enero de 2021
- Repertorio
- 619
- Notario
- EDWIN RIFFO GONZALEZ
- Domicilio
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $9.600.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDWIN RIFFO GONZALEZ, abogado, Notario Público Iquique, Suplente del Titular NESTOR ARAYA BLAZINA, Serrano 386, CERTIFICO: Por escritura hoy ante mí: don HAMZA IKRAM, por sí y por don ASHIQ ALI, don RIZWAN MUHAMMAD y don MUHAMMAD TALHA IKRAM, todos domiciliados Calle Manuel Plaza número 2.204, Iquique; modificaron IMPORT-EXPORT BEST CARS LIMITADA o BEST CARS LTDA, constituida con fecha 22 de Enero de 2021, mediante escritura pública celebrada ante el Notario Público de Iquique doña Paulina Alejandra Aracena Andia, Suplente de la Titular doña Maria Antonieta Niño de Zepeda Parra, en los términos y condiciones que en dicho instrumento señalan dicha sociedad se inscribió en el Registro de Comercio de Iquique, a fojas 101 uno, bajo el número 52, correspondiente al año 2021, del Conservador de Bienes Raíces de Iquique del mismo año.- Modificada por escritura pública de fecha 16 de Abril del año 2024, repertorio 619, celebrada ante el Notario Público don Fernando Mauricio Canales Hertrampf, inscrita en extracto a fojas 429 bajo el número 257 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique del año 2024.- Por el presente acto e instrumento los comparecientes vienen en introducir la siguiente modificación en la citada sociedad: Don ASHIQ ALI, dueño del 40% del capital social, representado por don HAMZA IKRAM, vende, cede y transfiere a don MUHAMMAD TALHA IKRAM, quien compra y acepta para sí, el total de su participación social en la suma de $9.600.000.-, que el comprador paga al contado, en el acto, declarando el vendedor recibir a su entera satisfacción. La venta y cesión señalada comprende todos los derechos que corresponden al vendedor y cedente en la sociedad en razón de su calidad de socio en ella, la parte en la cuota de capital, el mayor valor de los aportes de capital, utilidades o beneficios devengados y, en general, todos los derechos y obligaciones que les correspondan en el haber social.- En virtud de lo anterior, como consecuencia de la venta y cesión a que se refiere la cláusula precedente, a contar de esta fecha, son socios de IMPORT- EXPORT BEST CARS LIMITADA o BEST CARS LTDA, don HAMZA IKRAM; don RIZWAN MUHAMMAD y don MUHAMMAD TALHA IKRAM, dueños del 50%, 10%, y 40% de los derechos sociales.- Los comparecientes por sí y en la representación que puedan investir por la sociedad se otorgan el más amplio y completo finiquito declarando que no tienen cargo ni cobro alguno que hacerse.- En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- La administración representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a cualquiera de los socios, quienes anteponiendo a su firma la razón social, representarán, conjunta o separadamente, indistintamente, a IMPORT- EXPORT BEST CARS LIMITADA o BEST CARS LTDA con todas y cada una de las facultades señaladas en el pacto social.-En lo no modificado continúa vigente el pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 25 de Abril de 2025.-