MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSTRUCCIONES, INGENIERIA EN OBRAS MAYORES MUÑOZ LIMITADA

RUT 76120241-3 CVE 2645994
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de marzo de 2025
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
28 de marzo de 2025
Repertorio
1290/2022
Notario
CELESTE BECERRA MARIN
Oficio
5ª Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Ley aplicable
ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CELESTE BECERRA MARIN, Notario Público Suplente 5ª Notaría de Rancagua, Avenida General José de San Martín Nº255, certifica: Por escritura pública fecha 28 de marzo de 2025, y anotada bajo el Repertorio Notarial Nº815/2025, ante Notario público Titular CECILIA GALVEZ PINO, don VICTOR MANUEL MUÑOZ BRIONES, C.I. N° 12.300.127-3, con domicilio en Augusto D’Halmar N° 11, Mirador Andino, comuna de Machalí, sanea escritura otorgada con fecha 09 de mayo de 2022, Repertorio N° 1290/2022, en la Quinta Notaría de Rancagua, ante el Titular don Daniel V. Mondaca Pedrero, domicilio en Av. General José de San Martín N° 255, comuna de Rancagua, extracto inscrito a fojas 44789 N° 20111 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022, mediante la cual la sociedad CONSTRUCCIONES, INGENIERIA EN OBRAS MAYORES MUÑOZ LIMITADA se transforma en la sociedad por acciones CONSTRUCTORA CIPRESES SpA. Sociedad originalmente constituida por escritura fecha 20/10/2010, otorgada en la 1ra Notaría de Ñuñoa, ante el Notario Público Titular don Juan Eugenio del Real Armas, repertorio N° 477/2010, extracto de constitución inscrito a fojas 56.165 número 39.121 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2010.- RUT N° 76.120.241-3. CAPITAL: $2.000.000.- SANEAMIENTO CONSISTE: 1) CLAUSULA SÉPTIMA: Donde dice: “SÉPTIMO: La razón social será: “CONSTRUCTORA MUÑOZ SpA…”; Debe decir: “SÉPTIMO: La razón social será: “CONSTRUCTORA CIPRESES SpA…” 2) CLÁUSULA UNDÉCIMA: Donde dice: “UNDÉCIMO: “...Cada una de las acciones asciende al valor de cien mil pesos. El monto del capital social se encuentra enterado por los accionistas en proporciones iguales de diez millones de pesos cada uno…”.- Debe decir: “UNDÉCIMO: “…Cada una de las acciones asciende al valor de veinte mil pesos ($20.000.-), por lo que El monto del capital social se encuentra enterado por los accionistas en proporciones iguales de un millón de pesos cada uno…”.- POR LO ANTERIOR, el compareciente, en uso de las facultades que le confiere la ley 19.499, sanea los ya citados vicios formales, mediante el otorgamiento de la escritura extractada y la publicación e inscripción del presente extracto en conformidad con lo dispuesto por el referido cuerpo legal, y solicitan al señor Conservador de Comercio de Santiago se sirva practicar una nueva inscripción conforme el citado saneamiento, o, en su defecto, practique la correspondiente anotación marginal, según estime procedente.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rancagua, 24 de abril de 2025.