MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL UMBRAL 8 LIMITADA

RUT 76277183-7 CVE 2645939
Fecha instrumento
1 de abril de 2025
Notaría
Arica

Instrumento

Fecha
1 de abril de 2025
Notario
OSCAR PATRICIO SOTO HERNANDEZ
Oficio
Tercera Notaria de Arica
Comuna
Arica

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OSCAR PATRICIO SOTO HERNANDEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Arica, con oficio calle Rafael Sotomayor 301 CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 01 de abril de 2025, ante mí, don JAVIER HERMAN RIVERA NOVOA, Rut N° 24.025.739-4, empresario, y doña JOSSELINE ROCIO LÓPEZ CROSBY, Rut N° 24.032.824-0, administradora de empresas, ambos con domicilio en Arica, Guillermo Sánchez N° 60, Torre A, departamento 103, en su calidad de socios de "COMERCIAL UMBRAL 8 LIMITADA", que tiene como nombre de fantasía "EL POLLÓN LTDA", rol único tributario número setenta y seis millones doscientos setenta y siete mil ciento ochenta y tres guion siete, constituida por escritura pública de fecha treinta de diciembre de dos mil once, inscribiéndose su extracto a fojas once número cero nueve del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Arica, correspondiente al año dos mil doce, modificada por escritura otorgada ante el Notario Suplente, doña Patricia Vega Montecinos de fecha once de Diciembre del año dos mil catorce cuyo extracto fue inscrito a fojas novecientos cuarenta y seis número cuatrocientos diez del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Arica, correspondiente al año dos mil catorce, se retiran de la sociedad antes señalada, vendiendo, cediendo y transfiriendo la totalidad de sus derechos en ella y que corresponde al cien por ciento de los derechos sociales, a doña GIOVANNA MERY BERNALES REVATTA y don OSWALDO DANIEL ALVA PAREDES, quienes lo compran, aceptan y adquieren para sí en la siguiente proporción: a) doña GIOVANNA MERY BERNALES REVATTA compra, acepta y adquiere para si el noventa y nueve por ciento de los derechos sociales.- b) Don OSWALDO DANIEL ALVA PAREDES compra, acepta y adquiere para si el uno por ciento de los derechos sociales.- El precio de la cesión es la suma total de seis millones de pesos, que los cedentes declaran haber recibido con anterioridad en dinero efectivo a su entera satisfacción, entendiéndose efectuado y enterado el pago del precio de la presente cesión.- Conforme a la presente cesión, la sociedad queda constituida a contar de esta fecha por doña GIOVANNA MERY BERNALES REVATTA con un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, y por don OSWALDO DANIEL ALVA PAREDES con un uno por ciento de los derechos sociales; REPACTACIÓN: Doña GIOVANNA MERY BERNALES REVATTA y Don OSWALDO DANIEL ALVA PAREDES repactan los estatutos de la sociedad en los términos señalados en la escritura que se extracta.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Arica, 09 de mayo del 2025.-