AJ INGENIEROS S.A.
Instrumento
- Fecha
- 8 de septiembre de 2004
- Repertorio
- 6772
- Notario
- Eduardo Javier Diez Morello
- Oficio
- 34º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEduardo Javier Diez Morello, Abogado, Notario Público Titular de la 34º Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda Nº 359, Comuna de Providencia, certifico que con fecha 25 de abril de 2025, se redujo a escritura pública Acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad AJ INGENIEROS S.A., inscrita a fojas 28137 Nº 20917 del año 2004 Registro de Comercio de Santiago y publicada en el Diario Oficial con fecha 8 de septiembre de 2004, celebrada con fecha 25 de abril de 2025, según repertorio Nº 6772, en la que asistiendo la totalidad de los accionistas y por unanimidad de ellos se acordó lo siguiente: modificar el objeto social de la sociedad quedando como sigue: “a) La realización de estudios de proyectos y de obras de ingeniería a usuarios nacionales o extranjeros; b) la fabricación, montaje, importación, exportación y comercialización de equipos y materiales eléctricos, electrónicos y de uso industrial c) La prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, tales como transmisión de datos, internet, telefonía y servicios complementarios, suplementarios y servicios especiales y de valor agregado, sobre la base de la instalación, operación y explotación de las respectivas concesiones y permisos debidamente emanados de la autoridad competente. d) La prestación de servicios de instalación y mantención de infraestructuras de telecomunicaciones; otros servicios de telecomunicaciones; y servicios de infraestructura sobre la base de la instalación, mantención, operación y explotación de concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones, incluyendo los concesionarios de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente proveen infraestructura física para telecomunicaciones, a cuya prestación se encuentre legalmente autorizada; e) La construcción en todas sus formas, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes inmuebles, en especial, de viviendas sociales de cualquier tipo incluyendo modulares industrializadas y edificios para uso residencial y urbanizaciones; la construcción de proyectos de servicio público, incluyendo la construcción de obras de urbanización, áreas comunes y de recreación, obras civiles, mayores y obras menores de construcción, como contratista o subcontratista; elaboración de proyectos e informes técnicos; la prestación de servicios generales de consultoría y construcción de obras de arquitectura, obras civiles, remozamiento de interiores; diseño, evaluación, ejecución y control de proyectos de inversión pública y privada, proyectos de arquitectura, obras civiles y de ingeniería, proyectos de equipamiento, ejecución de Inspección Técnica de Obras de ingeniería y arquitectura; compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución, arriendo, explotación, fabricación y producción de toda clase de bienes y productos, pudiendo intervenir y explotar toda clase de negocios y realizar todo tipo de inversiones, en las actividades económicas, especialmente en el rubro de la construcción. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; gravar con hipotecas o prendas de cuaqluier clase sus bienes; celebrar contratos de sociedad de cualquier tipo y, en general, realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan, directa o indirectamente, a la consecución de los fines y objetos de la sociedad, y f) La realización de todo otro negocio relacionado, conexo o complementario de los ya señalados que acuerden los socios”. Santiago, 30 de abril de 2025.