Agroturística La Balma - Innova Limitada
Instrumento
- Fecha
- 6 de mayo de 2025
- Repertorio
- 342-2025
- Comuna
- Curacautín
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁlvaro Antonio Santos Díaz, Notario Interino de la Primera Notaría de Curacautín con oficio en calle Arica 299, comuna de Curacautín, certifica: Por escritura pública, ante mí, el 06 de Mayo de 2025, repertorio N° 342-2025, comparecen OLGA FABREGA COSTA, española, soltera, jubilada, cédula de identidad para extranjeros número veintidós millones novecientos cuarenta y nueve mil novecientos tres guión tres y don JOSEP FABREGA COSTA, español, soltero, jubilado, Pasaporte PAG novecientos sesenta y siete mil veintiocho y rol único tributario número cuarenta y ocho millones doscientos catorce mil trescientos catorce guión ocho, ambos domiciliados en Camino El Tropezón sin número de la comuna de Curacautín, Región Araucanía, disolvieron y liquidaron “Agroturística La Balma - Innova Limitada”, Rut. 76.057.096-6, constituida escritura pública notaría Temuco de Juan Loyola Opazo, fecha 24 de Abril de 2009 y se inscribió a fojas ocho vuelta número seis en el Registro de Comercio año 2009 del Conservador de Bienes Raíces de Curacautín. El capital de la sociedad ascendió a la suma de cuarenta millones de pesos, que no ha tenido modificación a la fecha. La duración de la sociedad se pactó a plazo fijo de cinco años contados desde la fecha de su constitución. Socios, acuerdan disolver y liquidar la sociedad de mutuo acuerdo conforme a lo prescrito en el inciso tercero del artículo cuatrocientos nueve del Código de Comercio.- A socia Olga Fábrega Costa corresponderá un cincuenta por ciento y al socio Josep Fábrega Costa corresponderá un cincuenta por ciento; Socios acuerdan siguiente distribución del haber social: Uno) socia doña Olga Fábrega Costa corresponderá la suma de veinte millones de pesos; y Dos) socio don Josep Fábrega Costa corresponderá la suma veinte millones de pesos; sumas serán percibidas por socios, mediante adjudicación en dominio, en común y por partes iguales del inmueble y único activo de la sociedad, singularizado en el numeral segundo de la cláusula primera. Socios, están de acuerdo con liquidación practicada por sociedad y se otorgan mutua y recíprocamente el más amplio, completo y total finiquito; Comparecientes dejan constancia que con fecha veintisiete de Julio del año dos mil veintiuno, el Servicio de Impuestos Internos ha resuelto el Término de Giro de la sociedad, según consta en resolución exenta número ochenta y siete; Demás estipulaciones escritura extractada.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Curacautín, 08 de Mayo de 2025.