Instrumento
- Fecha
- 6 de mayo de 2025
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- 26º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad es: a) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles, sean estos corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades y fondos de inversiones, ya sean comerciales o civiles, comunidades y asociaciones, efectos de comercio, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios e instrumentos de inversiones, adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena y explotarlos directamente o a través de terceros en cualquier forma, y administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y percibir sus frutos de las mismas; formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir sus representaciones y administración de las mismas; b) en general, la realización de todos aquellos actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, abogado, Notario Público Titular de la 26º Notaría de Santiago, con domicilio en Av. Apoquindo número 3196, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 6 de mayo de 2025, Rep. N°2.799, ante mí, ANDRÉS JOSÉ SCHULER ALDUNATE, constituyó sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto: Nombre: “INVERSIONES TOKUGAWA SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad es: a) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles, sean estos corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades y fondos de inversiones, ya sean comerciales o civiles, comunidades y asociaciones, efectos de comercio, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios e instrumentos de inversiones, adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena y explotarlos directamente o a través de terceros en cualquier forma, y administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y percibir sus frutos de las mismas; formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir sus representaciones y administración de las mismas; b) en general, la realización de todos aquellos actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los socios.”. Capital: $500.000, dividido en 500 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal; íntegramente suscrito y pagado en la forma indicada en escritura extractada.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 8 de mayo de 2025. HQM. Not. Pub.