CONSTRUCTORA SANTA TERESA SC SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de abril de 2002
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000 CLP
Objeto social
UNO) Desarrollar, proyectar, ejecutar y contratar obras de construcción de todo tipo, sean públicas o privadas, por cuenta propia o de terceros, incluyendo edificaciones habitacionales, comerciales, industriales, institucionales, obras viales, de urbanizaciones, de movimientos de tierra, de arquitectura y paisajismo, obras hidráulicas y sanitarias, pudiendo suscribir todas clase de contratos de compraventa, de arrendamiento, de leasing, de comodato, de prestación de servicios, de ejecución de obras, de construcciones general, por administración y de especialidad, de ampliación, remodelación y mantención de bienes muebles o inmuebles; sean civiles o comerciales; incluyendo servicios de transporte y traslados de herramientas y maquinarias de construcción, propias o ajenas, las que podrá exportar comercialmente; DOS) Adquirir, urbanizar, subdividir, lotear, construir, remodelar, ampliar, conservar, arrendar, explotar, administrar, vender o enajenar toda clase de bienes raíces, ya sea por cuenta propia o de terceros. TRES) Desarrollar proyectos inmobiliarios de cualquier naturaleza, incluyendo condominios, edificios, loteos, centros comerciales, parques industriales, conjuntos habitacionales y turísticos, tanto en suelo urbano como rural CUATRO) Participar en licitaciones públicas y privadas, nacionales o extranjeras, relacionadas con obras de construcción o desarrollo inmobiliario
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| EFRAIN NICOLAS SEPULVEDA ARANGUIZ | socio | 10084158-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público, Titular de la 33° Notaría de Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, de la comuna de Santiago, Certifica: que por escritura pública, hoy ante mí, don: EFRAIN NICOLAS SEPULVEDA ARANGUIZ, RUT N. 10.084.158-4, domiciliado en Torrelaguna 360, Valle Lo Campino, Quilicura, ciudad de Santiago, constituyó una sociedad por acciones, siendo las siguientes clausulas obligatorias del extracto de constitución: NOMBRE DE LA SOCIEDAD: “CONSTRUCTORA SANTA TERESA SC SpA”, siendo su nombre de fantasía “SC SpA”. OBJETO SOCIAL: UNO) Desarrollar, proyectar, ejecutar y contratar obras de construcción de todo tipo, sean públicas o privadas, por cuenta propia o de terceros, incluyendo edificaciones habitacionales, comerciales, industriales, institucionales, obras viales, de urbanizaciones, de movimientos de tierra, de arquitectura y paisajismo, obras hidráulicas y sanitarias, pudiendo suscribir todas clase de contratos de compraventa, de arrendamiento, de leasing, de comodato, de prestación de servicios, de ejecución de obras, de construcciones general, por administración y de especialidad, de ampliación, remodelación y mantención de bienes muebles o inmuebles; sean civiles o comerciales; incluyendo servicios de transporte y traslados de herramientas y maquinarias de construcción, propias o ajenas, las que podrá exportar comercialmente; DOS) Adquirir, urbanizar, subdividir, lotear, construir, remodelar, ampliar, conservar, arrendar, explotar, administrar, vender o enajenar toda clase de bienes raíces, ya sea por cuenta propia o de terceros. TRES) Desarrollar proyectos inmobiliarios de cualquier naturaleza, incluyendo condominios, edificios, loteos, centros comerciales, parques industriales, conjuntos habitacionales y turísticos, tanto en suelo urbano como rural CUATRO) Participar en licitaciones públicas y privadas, nacionales o extranjeras, relacionadas con obras de construcción o desarrollo inmobiliario. CAPITAL: $2.000.000 dividido en 2.000 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una única serie y de igual valor cada una. El 5% de este capital, ascendente a $100.000 y que corresponde a 100 acciones, lo paga en el acto de constitución; el 95% restante ascendente a $1.900.000, y que corresponde a 1.900 acciones, se pagará dentro del plazo de 5 años a medida que lo requieran las necesidades sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de abril de 20025.