MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CLINICA DENTAL INTEGRAL ALFADENT LIMITADA

RUT 76715570-0 CVE 2645708
Fecha instrumento
30 de abril de 2025

Instrumento

Fecha
30 de abril de 2025
Notario
ELIANA GABRIELA GERVASIO ZAMUDIO
Domicilio
Viña del Mar

Administración

La administración, el uso de la razón social y la representación legal, le corresponderá a doña PILAR SANHUEZA AMION, quien, actuando por la Sociedad y anteponiendo la razón social a su sola firma la representará, facultades escritura extractada. Asimismo, vienen en sustituir el artículo QUINTO:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ELIANA GABRIELA GERVASIO ZAMUDIO, Abogado, Notario Público Titular Viña del Mar, Arlegui 537, certifica: Por escritura hoy, ante mí, ERNESTO HUMBERTO SANHUEZA PIETRA, doña PILAR SANHUEZA AMION, y GONZALO SANHUEZA AMION, todos Avenida Valparaíso seiscientos setenta y seis, oficina ciento cinco, Viña del Mar, quienes acuerdan modificar la sociedad “CLINICA DENTAL INTEGRAL ALFADENT LIMITADA” constituida el dos de noviembre de dos mil seis, inscrita a fojas mil trescientos cuarenta y cuatro, número mil quinientos cincuenta y siete, año dos mil seis en el Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar; vienen en modificar la sociedad en los siguientes términos: CESIÓN Y MODIFICACIÓN: Don ERNESTO HUMBERTO SANHUEZA PIETRA, vende, cede y transfiere el cuarenta y nueve por ciento de los derechos sociales a doña PILAR SANHUEZA AMION, en la suma de $4.900.000. Don ERNESTO HUMBERTO SANHUEZA PIETRA, vende, cede y transfiere el uno por ciento de los derechos sociales a don GONZALO SANHUEZA AMION, en la suma de $100.000. En virtud de dicha cesión, los socios acordaron modificar los estatutos de la siguiente forma: Se sustituye el artículo CUARTO: ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. La administración, el uso de la razón social y la representación legal, le corresponderá a doña PILAR SANHUEZA AMION, quien, actuando por la Sociedad y anteponiendo la razón social a su sola firma la representará, facultades escritura extractada. Asimismo, vienen en sustituir el artículo QUINTO: CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: A) PILAR SANHUEZA AMION con la suma de nueve millones novecientos mil pesos, que equivalen al noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, monto que fue aportado en caja social con anterioridad a esta fecha; y B) don GONZALO SANHUEZA AMION con la suma de cien mil pesos, que equivalen al uno por ciento de los derechos sociales, monto que fue aportado en caja social con anterioridad a esta fecha. Demás estipulaciones escritura extractada.- Portador facultado legalización.- 30 Abril 2025.