AGRÍCOLA SANTA CARMENCITA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de abril de 2025
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración, la representación y el uso de la razón social de la Sociedad, corresponderá a administradores de dos clases, esto es Clase A y Clase B, designados por los accionistas, quienes representarán a la Sociedad con todas y cada una de las facultades, limitaciones y formas de actuación que se detallan en el Artículo Décimo Cuarto de los estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, 38ª Notaría de Santiago, con domicilio en Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Las Condes, certifico que: por escritura pública de fecha 1 de abril de 2025, ante mí: don RAIMUNDO JOSÉ TAGLE CONCHA, doña ROSARIO TAGLE CONCHA, doña ANA MARÍA TAGLE CONCHA y don MARCIAL ANDRÉS TAGLE CONCHA, todos domiciliados para estos efectos en calle Doctor Barros Borgoño número doscientos treinta y seis, oficina mil trescientos dos, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios, de AGRÍCOLA SANTA CARMENCITA LIMITADA, inscrita Fojas 1.110 Número 450 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca correspondiente al año 2015, acordaron entre otras materias: TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD. Acordaron transformar la sociedad en una sociedad por acciones, la que mantendrá el mismo objeto social y que se regirá de acuerdo a lo siguiente: NOMBRE: AGRÍCOLA SANTA CARMENCITA SpA. OBJETO SOCIAL: La Sociedad tendrá por objeto: Uno) Explotación agrícola, ganadera, frutícola, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústico, que la sociedad posea o detente a cualquier título; Dos) La horticultura, granja, semilleros, viveros, fruticultura, la cría, la invernada, la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales; y Tres) Cualquier otro negocio que acordaren los socios. CAPITAL: El capital de la Sociedad asciende a la suma de ciento cincuenta millones de pesos, dividido en mil acciones, ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley, íntegramente suscrito y pagado. ADMINISTRACIÓN: La administración, la representación y el uso de la razón social de la Sociedad, corresponderá a administradores de dos clases, esto es Clase A y Clase B, designados por los accionistas, quienes representarán a la Sociedad con todas y cada una de las facultades, limitaciones y formas de actuación que se detallan en el Artículo Décimo Cuarto de los estatutos. Demás estipulaciones no extractables constan en escritura extractada.- Santiago, 23 de abril de 2025.