TEXTOS Y PUBLICACIONES JULIA ALLENDES SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de mayo de 2025
- Notario
- DANIELA NANCY MUNIZAGA PÉNDOLA
- Oficio
- Segunda Notaría de Casablanca
- Comuna
- Casablanca
Sociedad
- Domicilio
- Curacaví
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) Según el Servicio de Impuestos Internos el código de actividad económica “Actividades de Apoyo a la Enseñanza”, incluye los siguientes giros: La edición, fabricación, producción de toda clase de libros, revistas, folletos, prospectos y además productos editoriales sean en formato papel o digital; b) La importación, exportación, compra y ventas al por mayor y al por menor, edición y representación de libros, folletos, en general obras impresas y digitales sean nacionales o extranjeras; c) La producción, organización y dictación por cuenta propia o ajena de cursos, charlas, seminarios, sean presenciales o por medios digitales o de internet; d) Las demás actividades del ámbito educacional y de nuevas tecnologías que la Sociedad determine; como servicios de publicidad digital y productos intangibles y en general, ejecutar los actos necesarios para el funcionamiento del giro, pudiendo celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles y administrativos, que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales, sea directa o indirectamente y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, que los socios determinen de común acuerdo. No obstante, lo anterior, la sociedad podrá desarrollar otros giros u objetos que la Junta de Accionistas determine en forma unánime
Administración
La sociedad corresponderá a un Administrador, el que durará indefinidamente en sus cargos, mientras una Junta de Accionistas no revoque su nombramiento, lo que podrá efectuar en cualquier tiempo. La misma Junta deberá designar la persona que reemplace al Administrador cuyo nombramiento haya sido revocado. Desde esta fecha y hasta que su nombramiento sea revocado por la Junta de Accionistas, la Sociedad será administrada por un Administrador Provisorio, designándose en tal carácter a doña JULIA MERCDES ALLENDES SUÁREZ. El Administrador provisorio se sujetará a las mismas normas y tendrá las mismas atribuciones, que de acuerdo a la ley y a estos estatutos, corresponde al Administrador Definitivo, y se mantendrá en su cargo, mientras este no sea revocado, por los accionistas o por la junta, y tendrá derechos a remuneración por el ejercicio de su cargo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDANIELA NANCY MUNIZAGA PÉNDOLA, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Casablanca, con asiento en Curacaví, oficio O´Higgins número mil trescientos setenta y cinco, primer piso, certifica: que con fecha de hoy, 07 de mayo de 2025, comparece: doña JULIA MERCEDES ALLENDES SUÁREZ, chilena, soltera, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número catorce millones doscientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y nueve guión cero; domiciliada en Parcela treinta de Callejón Lo Álvarez, Sector Santa Luisa, Comuna de María Pinto, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, constituye una sociedad por acciones. Razón social: “TEXTOS Y PUBLICACIONES JULIA ALLENDES SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía “LETRAS QUILACOYA SpA”. Objeto Social. El objeto de la sociedad será: a) Según el Servicio de Impuestos Internos el código de actividad económica “Actividades de Apoyo a la Enseñanza”, incluye los siguientes giros: La edición, fabricación, producción de toda clase de libros, revistas, folletos, prospectos y además productos editoriales sean en formato papel o digital; b) La importación, exportación, compra y ventas al por mayor y al por menor, edición y representación de libros, folletos, en general obras impresas y digitales sean nacionales o extranjeras; c) La producción, organización y dictación por cuenta propia o ajena de cursos, charlas, seminarios, sean presenciales o por medios digitales o de internet; d) Las demás actividades del ámbito educacional y de nuevas tecnologías que la Sociedad determine; como servicios de publicidad digital y productos intangibles y en general, ejecutar los actos necesarios para el funcionamiento del giro, pudiendo celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles y administrativos, que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales, sea directa o indirectamente y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, que los socios determinen de común acuerdo. No obstante, lo anterior, la sociedad podrá desarrollar otros giros u objetos que la Junta de Accionistas determine en forma unánime. Capital Social: un millón de pesos y dividido en cien acciones, sin valor nominal, ordinarias de una misma serie, nominativas, que se suscribe entera y pagan íntegramente. Administración: La sociedad corresponderá a un Administrador, el que durará indefinidamente en sus cargos, mientras una Junta de Accionistas no revoque su nombramiento, lo que podrá efectuar en cualquier tiempo. La misma Junta deberá designar la persona que reemplace al Administrador cuyo nombramiento haya sido revocado. Desde esta fecha y hasta que su nombramiento sea revocado por la Junta de Accionistas, la Sociedad será administrada por un Administrador Provisorio, designándose en tal carácter a doña JULIA MERCDES ALLENDES SUÁREZ. El Administrador provisorio se sujetará a las mismas normas y tendrá las mismas atribuciones, que de acuerdo a la ley y a estos estatutos, corresponde al Administrador Definitivo, y se mantendrá en su cargo, mientras este no sea revocado, por los accionistas o por la junta, y tendrá derechos a remuneración por el ejercicio de su cargo. Domicilio Social: Curacaví. Duración: Indefinida a contar de la fecha de la constitución de la Sociedad. - Demás estipulaciones consta en escritura extractada. Curacaví, 07 de Mayo de 2025.-