Instrumento
- Fecha
- 17 de abril de 2025
- Notario
- Evaldo Daniel Rehbein Utreras
- Oficio
- 29ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEvaldo Daniel Rehbein Utreras, Notario Público, Titular de la 29ª Notaría de Santiago, calle Enrique Mac Iver No. 225, piso 3, oficina 302, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 17 de abril de 2025, ante mí, María Pastora Gemita Stuven del Valle, constituyó sociedad por acciones cuyo nombre es Rosedales SpA. La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o ajena, en el territorio nacional o en el extranjero, las siguientes actividades: a) Organizar, desarrollar, implementar, administrar, representar y comercializar directamente o a través de terceros, proyectos artísticos y culturales; programas de educación y formación artística, de fomento, preparación y formación deportiva, y de terapias de salud integrativa; b) Desarrollar e implementar procesos productivos sustentables con el medio ambiente por medio de la generación, distribución y uso de energías renovables para la optimización y preservación de los recursos naturales implicados; c) Elaborar, representar y comercializar en cualquier forma material de arte visual, cinematográfico, musical y literario; d) fabricar, comprar, vender y comercializar en cualquier forma vestuario, productos textiles, calzado, accesorios y artículos decorativos, productos de cosmética, productos de origen botánico y mineral y todo tipo de productos alimenticios; y e) Administrar otras empresas del rubro y asociarse con ellas para prestar servicios relacionados con el objeto de la presente sociedad, bajo cualquier modalidad contractual prevista en la normativa legal vigente; y en general, realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al objeto de la sociedad. La administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá a María Pastora Gemita Stuven del Valle actuando individualmente. El capital de la sociedad, ascendente a un $1.000.000, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, queda íntegramente suscrito y pagado. Santiago, 23 de abril de 2025.