MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Keystone Consultores y Servicios Empresariales Limitada

RUT 77583248-7 CVE 2644961
Fecha instrumento
8 de abril de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de abril de 2025
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con Oficio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 08 abril 2025, ante mí, don Miguel Antonio Pávez Bustamante; doña Claudia Eugenia Cornejo Marín; y doña Gema Herminia Bravo Gallardo, todos domiciliados en calle Rosal número 331, piso cuarto, Comuna de Santiago, modificaron la sociedad denominada “Keystone Consultores y Servicios Empresariales Limitada”, inscrita a fojas 100.304, número 46.363, del año 2021 del Registro de Comercio de Santiago, transformada con inscripción a fojas 34.333, número 15.472, del año 2023 del mismo Registro, y por último modificada por inscripción que rola a fojas 13.321 N° 4.706 del año 2025, en el siguiente sentido: PRIMERO. UNO. Don Miguel Antonio Pávez Bustamante, vende, cede y transfiere el 5% del total de los derechos sociales a doña Claudia Eugenia Cornejo Marín. DOS. Don Miguel Antonio Pávez Bustamante, vende, cede y transfiere el 10% del total de los derechos sociales a doña Gema Herminia Bravo Gallardo. SEGUNDO. Como consecuencia de las referidas cesiones, quedan como únicos y actuales socios: don Miguel Antonio Pávez Bustamante, con un 60% de los derechos sociales; doña Claudia Eugenia Cornejo Marín, con un 30% de los derechos sociales; y doña Gema Herminia Bravo Gallardo, con un 10% de los derechos sociales. TERCERO. Los socios acuerdan modificar los estatutos de la sociedad de la siguiente forma: UNO. Reemplazan el artículo tercero de los estatutos por el siguiente, lo que no implica modificación del monto del capital: “El capital de la sociedad asciende a la suma de tres millones de pesos, que los actuales socios o sus antecesores han aportado, al contado y en efectivo, con anterioridad a esta fecha y que les corresponde a los actuales socios como sigue: /Uno/ a don Miguel Antonio Pavez Bustamante, la suma de un millón ochocientos mil pesos, representativos de un sesenta por ciento del total de los derechos sociales; /Dos/ a doña Claudia Eugenia Cornejo Marín, la suma de novecientos mil pesos, representativos de un treinta por ciento del total de los derechos sociales; y /Tres/ a doña Gema Herminia Bravo Gallardo, la suma de trescientos mil pesos, representativos de un diez por ciento del total de los derechos sociales. De esta forma, se completa el cien por ciento de los derechos sociales que constituyen el capital de la sociedad. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes”. DOS. Reemplazan el artículo sexto de los estatutos sociales, por el siguiente: “La duración de la sociedad será de tres años contados desde el día 8 de abril de 2025. El plazo se renovará sucesiva y tácitamente por períodos iguales de un año cada uno, salvo que uno cualquiera de los socios manifestare su voluntad de no renovarla, mediante escritura pública, de la que se tomará nota al margen de la inscripción del extracto de esta escritura en el Registro de Comercio de Santiago, con no menos de ciento ochenta días corridos de anticipación al vencimiento del período o prórroga respectiva. La manifestación de voluntad de uno de los socios formulada de conformidad a lo establecido en este artículo, sólo podrá dejarse sin efecto por la unanimidad de los socios.” CUARTO. Los socios reiteraron que limitan su responsabilidad personal por los negocios sociales al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de abril de 2025.