GIL HERMANOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de mayo de 2025
- Repertorio
- 12792-2025
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 02 de mayo de 2025 otorgada ante el notario suplente Mauricio Reinoso Cifuentes, bajo el repertorio N°12.792-2025, /Uno/ Jorge Eduardo Gil Herrera, domiciliado en Cerro Colorado N°6110, departamento 221, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; Silvia Edith Herrera Brondi, domiciliada en Robinson Crusoe N974, departamento 43, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; Maria Jose Gil Herrera, domiciliada en calle Charles Hamilton N°10.046, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y; Anita de los Angeles Gil Herrera, domiciliada en calle Mateo de Toro y Zambrano N°1601 casa E, comuna de La Reina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; todos los anteriores por sí y en su calidad de únicos herederos, actuando de consuno y en representación de la sucesión del fallecido don JORGE EDUARDO GIL VALENZUELA /“Sucesión Jorge Eduardo Gil Valenzuela”; /Dos/ Juan Rafael Alfonso Gil Serrano, domiciliado en Pasaje Crepúsculo N°9632, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; Carmen Elena Serrano Bernal, domiciliada en Avenida Chamisero N°13.316 casa 30, comuna de Colina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; Javiera de los Angeles Gil Serrano, domiciliada en Bosques de Montemar Oriente N°2053, comuna y ciudad de Concón, Región de Valparaíso, y de paso en esta; todos los anteriores por sí y en su calidad de únicos herederos, actuando de consuno y en representación de la sucesión del fallecido don JUAN RAFAEL ANGEL GIL VALENZUELA /“Sucesión Juan Rafael Angel Gil Valenzuela”/; /Tres/ MARIA CECILIA GIL VALENZUELA, domiciliada en Cerro Colorado N°6110, departamento 221, comuna Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; /Cuatro/ ANA MARIA GIL VALENZUELA, domiciliada en Cerro Colorado N°6110, departamento 221, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, todos los anteriores en su calidad de únicos y actuales socios de “GIL HERMANOS LIMITADA” /la “Sociedad”/ acordaron: i) Cesión de derechos: La cesión de los derechos de Maria Cecilia Gil Valenzuela y Ana Maria Gil Valenzuela en la Sociedad, a Jorge Eduardo Gil Herrera, a Maria José Gil Herrera, a Anita de los Ángeles Gil Herrera, a Juan Rafael Alfonso Gil Serrano y a Javiera de los Ángeles Gil Serrano, en los términos, proporciones y condiciones indicados en la referida escritura. ii) Modificación de estatutos: En razón de lo anterior, y con el objeto de dejar constancia de las cesiones acordadas, se modificó el artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma de cuatro millones quinientos mil pesos, el cual se encuentra íntegramente enterado en dinero efectivo por sus socios y que se distribuye de la siguiente manera: /A/ Jorge Eduardo Gil Herrera, con la suma equivalente al nueve coma doscientos veintiocho por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, cuatrocientos quince mil doscientos sesenta pesos; /B/ Maria José Gil Herrera, con la suma equivalente al uno coma quinientos treinta y ocho por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, sesenta y nueve mil doscientos diez pesos; C) Anita de los Ángeles Gil Herrera, con la suma equivalente al uno coma quinientos treinta y ocho por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, sesenta y nueve mil doscientos diez pesos; D) Juan Rafael Gil Serrano, con la suma equivalente al uno coma quinientos treinta y ocho por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, sesenta y nueve mil doscientos diez pesos; /E/ Javiera de los Ángeles Gil Serrano, con la suma equivalente al uno coma quinientos treinta y ocho por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, sesenta y nueve mil doscientos diez pesos; /F/ Sucesión Jorge Eduardo Gil Valenzuela, integrada por Silvia Edith Herrera Brondi, cónyuge sobreviviente, Jorge Eduardo Gil Herrera, Maria José Gil Herrera y Anita de los Ángeles Gil Herrera con el cincuenta y tres coma ochenta y cinco por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, dos millones cuatrocientos veintitrés mil doscientos cincuenta pesos, y; /G/ Sucesión Juan Rafael Gil Valenzuela, integrada por Carmen Elena Serrano Bernal, cónyuge sobreviviente, Juan Rafael Alfonso Gil Serrano y Javiera de los Ángeles Gil Serrano, con el treinta como setenta y siete por ciento de participación en los derechos sociales, esto es, un millón trescientos ochenta y cuatro mil seiscientos cincuenta pesos.” En todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el estatuto de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 07 de mayo de 2025.