Instrumento
- Fecha
- 5 de mayo de 2025
- Repertorio
- 458-2025
- Notario
- Claudio Alejandro Cabello Olavarría
- Domicilio
- Quellón
Sociedad
- Capital
- $600.000 CLP
- Domicilio
- La Cooperativa estará domiciliada en avenida Pedro Montt, pasaje Tía Anita interior número ciento cincuenta y nueve (N° 159), comuna de Quellón. Provincia de Chiloé, Región de los Lagos (Décima Región), pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o el extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La cooperativa tiene como objetos específicos cultivar, recolectar, pescar, comercializar, producir o transformar productos del mar o prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias, y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. La cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios y socias; igual neutralidad en sus actividades internas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalClaudio Alejandro Cabello Olavarría, Notario Público titular de Quellón, con domicilio en Avenida La Paz N°302, ciudad de Quellón; Certifica: Por escritura pública de fecha 5 de mayo de 2025, repertorio 458-2025, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de JUNTA GENERAL CONSTITUTIVA DE LA COOPERATIVA DE TRABAJO PESQUERA Y DE CULTIVOS MARINOS ALGAS QUELLÓN LTDA COOPERATIVA DE ALGAS QUELLÓN LTDA. Razón Social: COOPERATIVA DE TRABAJO PESQUERA Y DE CULTIVOS MARINOS ALGAS QUELLÓN LTDA COOPERATIVA DE ALGAS QUELLÓN LTDA. Nombre fantasía: COOPERATIVA DE ALGAS QUELLÓN. Domicilio: La Cooperativa estará domiciliada en avenida Pedro Montt, pasaje Tía Anita interior número ciento cincuenta y nueve (N° 159), comuna de Quellón. Provincia de Chiloé, Región de los Lagos (Décima Región), pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o el extranjero. Duración: La Cooperativa tendrá una duración indefinida. Objeto Social: La cooperativa tiene como objetos específicos cultivar, recolectar, pescar, comercializar, producir o transformar productos del mar o prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias, y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. La cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios y socias; igual neutralidad en sus actividades internas. Socios: Concurren a la constitución 6 socios. Capital social: El aporte de los socios personas naturales deberá consistir necesariamente en el trabajo que se obliguen a realizar, sin perjuicio de los aportes que hagan en dinero, bienes muebles o inmuebles. El aporte de cada socio persona natural de acuerdo a lo señalado anteriormente, será de la siguiente manera: en su calidad de socio aporta a la cooperativa trabajo operativo y/o de gestión sobre el objeto social. El capital social totalmente pagado es de ($600.000) seiscientos mil pesos dividido en (600) seiscientos Cuotas de Participación, sin valor nominal que los socios suscriben y pagan ($100.000) cien mil pesos) cada uno. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Quellón 06 mayo 2025.