AGRICOLA Y GANADERA SAN JORGE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de abril de 2025
- Repertorio
- 728-25
- Notario
- José Antonio Martínez Demandes
- Oficio
- Segunda Notaria de Punta Arenas
- Comuna
- Punta Arenas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJosé Antonio Martínez Demandes, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Punta Arenas, con oficio en calle Errazuriz 877, Punta Arenas, Certifica que: Por Escritura Pública de fecha 11 de abril de 2025, Repertorio 728-25, ante mí: don JORGE LUIS TADIC SANCHEZ, con domicilio en Estancia San Jorge, Tierra del Fuego y don MLADEN JORGE TADIC SERIC, domiciliado en calle Maipú número seiscientos veintiséis, ciudad y comuna de Punta Arenas constituyeron sociedad “AGRICOLA Y GANADERA SAN JORGE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, mediante Escritura Pública otorgada con fecha doce de septiembre de dos mil veintitrés, ante el Notario Público Interino de la ciudad de Punta Arenas don Alfredo Fonseca Mihovilovic, repertorio número dos mil veinticuatro guion veintitrés. El extracto de la escritura antes señalada de publicó en el Diario Oficial, edición número cuarenta y tres mil seiscientos sesenta y dos, de fecha veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés e inscrita en extracto a fojas cuatrocientos diecisiete, número ciento noventa y ocho del Registro de Comercio del año dos mil veintitrés del Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas. Los comparecientes modificaron el artículo tercero de los estatutos sociales en el sentido de eliminar la razón social SOCIEDAD AGRICOLA Y GANADERA SAN JORGE LTDA., quedando en definitiva la cláusula tercera del estatuto social de la siguiente forma: TERCERO: RAZON SOCIAL: La razón social será: “AGRICOLA Y GANADERA SAN JORGE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, entidades financieras, ante el Servicio de Impuestos Internos y ante toda clase de instituciones y organismos públicos, privados o mixtos, con el nombre de fantasía de “AGRICOLA Y GANADERA SAN JORGE LTDA.”. En lo no modificado subsisten plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo. En Punta Arenas, a 25 abril de 2025.