MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

INTERFACTOR S.A.

RUT 76381570-6 CVE 2643688
Capital
$23.818.007.808 CLP
Fecha instrumento
30 de abril de 2025

Instrumento

Fecha
30 de abril de 2025

Sociedad

Capital
$23.818.007.808 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Interino Santiago, Teatinos 332, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de Abril de 2025, ante mí, se redujo a escritura pública ACTA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, celebrada el 24 de abril de 2025 de la sociedad denominada INTERFACTOR S.A., rol único tributario número 76.381.570-6, inscrita a fojas 37.981 número 27.049 del Registro de Comercio de Santiago del año 2005, que acordó aumentar el capital social en el siguiente sentido: sustituir los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: ““Artículo Quinto. El capital de la sociedad es la suma de $23.818.007.808.- dividido en 106.376 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley”. B. “Artículo Primero Transitorio. El capital de $23.818.007.808.- a que se refiere el artículo quinto de estos estatutos, se suscribe y paga de la siguiente forma: (a) Con la cantidad de $15.835.159.869.- representados por 70.723 acciones, que corresponde al capital pagado de la sociedad, íntegramente suscrito y pagado. (b) Con la cantidad de $7.982.847.939.-, representados por 35.653 acciones de pago acordadas emitir por la junta general extraordinaria de accionistas de la sociedad celebrada con fecha veinticuatro de abril de dos mil veinticinco, las que deberán ser emitidas y colocadas en una oportunidad o por parcialidades al precio mínimo de $223.903,9615 cada una, para ser suscritas y pagadas dentro del término de 30 días contados desde la fecha de la junta y ofrecidas preferentemente a los accionistas en conformidad con la ley, quedando facultado el directorio para colocar libremente los remanentes no suscritos por los accionistas en el período de opción preferente legal; el pago de dichas acciones deberá efectuarse al contado en el acto de suscripción, en dinero efectivo. Se facultó ampliamente al directorio para (i) emitir de una sola vez las 35.653 de acciones de pago representativas del aumento de capital propuesto, en la oportunidad que determine; (ii) proceder a la oferta preferente y colocación de dichas acciones de pago entre los accionistas en conformidad con la ley al precio mínimo fijado por la junta; (iii) establecer el procedimiento para el ejercicio de la opción preferente legal que asiste a los accionistas para suscribir el aumento de capital; y (iv) ofrecer y colocar libremente los remanentes de acciones no colocados entre los accionistas y/o terceros en el período de opción preferente legal, así como las fracciones producidas en el prorrateo entre éstos, entre los propios accionistas y terceros, al precio mínimo fijado por la junta o al precio superior que determine, todo ello en conformidad con la ley y dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de la junta. Los accionistas renunciaron expresamente al beneficio de los plazos y demás formalidades legales para el ejercicio de su opción preferente para suscribir las referidas acciones. En todo lo no modificado se mantiene vigente en todas sus partes el pacto social constitutivo y sus modificaciones anteriores a este fecha. Santiago, 30 de Abril de 2025.