SEGURIDAD FAP SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de abril de 2025
- Notario
- CARLA SILVA ACHARAN
- Oficio
- Sexta Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Objeto social
c) Se aprueba por unanimidad el retiro de la sociedad en calidad de socios y accionistas de don FERNANDO JAVER ARANCIBIA PACHECO. d) Se aprueba por unanimidad el ingreso a la sociedad en calidad de socia y accionista de doña GLADYS ALEJANDRA MORALES CABAÑA, quien detenta la cantidad de 500 acciones. e) Se aprueba modificar el TITULO TERCERO, ARTICULO DÉCIMO TERCERO, en razón de que la administración, representación y el uso de la razón social será ejercida por doña GLADYS ALEJANDRA MORALES CABAÑA. SEGUNDO: En lo no modificado, permanece plenamente vigentes las cláusulas del pacto social constitutivo. Machalí, 28 de Abril de 2025. Doy fe
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLA SILVA ACHARAN, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Rancagua, calle Las Rosas número cinco, local seis, Machalí, certifica: Por escritura pública de 03 de abril de 2025, Repertorio número 619-2025, ante mí, Don FERNANDO JAVIER ARANCIBIA PACHECO, C.I. 11.186.138-2, chileno, divorciado, empresario, 56 años, domiciliado para estos efectos en avenida nueva Einstein 290, oficina 1214, ciudad de Rancagua; el compareciente mayor de edad, a quien conozco por haberme acreditado su identidad con su respectiva cedula de identidad, que exhibe y expone; Por escritura de fecha 03 de abril de 2025 suscrita ante este notario, los comparecientes ya individualizados vienen en modificar la sociedad “SEGURIDAD FAP SpA” cuyo extracto del estatuto social rola inscrito fojas 442 número 305 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Rancagua del año 2024, en los siguientes aspectos: Que conforme acta de junta extraordinaria de accionistas efectuada con fecha 19 de marzo de 2025, se acordó lo siguiente: a) Se aprueba por unanimidad la venta y transferencia de la totalidad de sus acciones por parte de don FERNANDO JAVIER ARANCIBIA PACHECO, a doña GLADYS ALEJANDRA MORALES CABAÑA, quien adquiere la totalidad de 500 acciones. Venta que fue realizada mediante contrato privado, el cual los comparecientes tuvieron a la vista, acordando no ser necesario incorporarlo en la presente acta. b) Se aprueba por unanimidad de la ampliación del giro u objeto social. c) Se aprueba por unanimidad el retiro de la sociedad en calidad de socios y accionistas de don FERNANDO JAVER ARANCIBIA PACHECO. d) Se aprueba por unanimidad el ingreso a la sociedad en calidad de socia y accionista de doña GLADYS ALEJANDRA MORALES CABAÑA, quien detenta la cantidad de 500 acciones. e) Se aprueba modificar el TITULO TERCERO, ARTICULO DÉCIMO TERCERO, en razón de que la administración, representación y el uso de la razón social será ejercida por doña GLADYS ALEJANDRA MORALES CABAÑA. SEGUNDO: En lo no modificado, permanece plenamente vigentes las cláusulas del pacto social constitutivo. Machalí, 28 de Abril de 2025. Doy fe.