MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORTADORA Y EXPORTADORA ANAHY LIMITADA

RUT 76842614-7 CVE 2642845
Capital
$6.000.000 CLP

Instrumento

Sin información de instrumento parseada en esta publicación.

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

En Iquique a 16 de abril del 2025,DARIO EMIGDIO CHACON VICENTELO, abogado Notario Público Titular de la Quinta Notaria de la comuna y ciudad de Iquique, con oficio en esta ciudad, calle Baquedano N°702, certifico que por escritura pública de fecha 19 de marzo del 2025, comparecieron: doña LIHONG XIANG, C.I. N° 24.815.623-6, domiciliada en calle Castro Ramos N° 2415, comuna de Iquique, don JEIZHOU LIN, C.I. N° 25.815.148-8, domiciliado en calle Genaro Gallo N° 554, comuna de Iquique, don ERASMO ALBERTO COSANATAN VILLALOBOS, C.I. N° 22.286.768-1, domiciliado en calle Madagascar M tres S cinco, comuna de Alto Hospicio y doña ALEJANDRA ELIANA COSANATAN PLASENCIA, C.I. N° 26.173.633-0, domiciliado en calle Madagascar M tres S cinco, comuna de Alto Hospicio, modificaron la Sociedad de responsabilidad Limitada cuyo nombre o razón social es “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ANAHY LIMITADA” o “ANAHY LTDA”, Rol Único Tributario N° 76.842.614-7, y cuyo capital social de la sociedad asciende a la suma de $6.000.000.- consistente en: Doña LIHONG XIANG, vende, cede y transfiere el 70% de sus derechos y acciones en la sociedad correspondiente a su 99% del haber social de la sociedad a doña ALEJANDRA ELIANA COSANATAN PLASENCIA, quien compra y acepta para sí, en la suma de $4.200.000.-, al contado y en dinero efectivo, los que declara el cedente haber recibido de manos de la cesionario, a su entera satisfacción y conformidad, con anterioridad a la celebración del presente contrato; Doña LIHONG XIANG, vende, cede y transfiere el 29% de sus derechos y acciones en la sociedad correspondiente a su 99% del haber social de la sociedad a doña ERASMO ALBERTO COSANATAN VILLALOBOS, quien compra y acepta para sí, en la suma de $1.700.000.-, al contado y en dinero efectivo, los que declara el cedente haber recibido de manos de la cesionario, a su entera satisfacción y conformidad, con anterioridad a la celebración del presente contrato; Don JIEZHOU LIN, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos y acciones en la sociedad correspondiente al 1% del haber social de la sociedad a doña ERASMO ALBERTO COSANATAN VILLALOBOS, quien compra y acepta para sí, en la suma de $100.000.-, al contado y en dinero efectivo, los que declara el cedente haber recibido de manos de la cesionario, a su entera satisfacción y conformidad, con anterioridad a la celebración del presente contrato. De manera indicada quedan como únicos socios de la sociedad doña ALEJANDRA ELIANA COSANATAN PLASENCIA con una participación en el haber social, ascendente al 70%, y don ERASMO ALBERTO COSANATAN VILLALOBOS con una participación en el haber social, ascendente al 30%, respectivamente sobre un capital ascendente a los $6.000.000.-, además las partes sustituyen la cláusula SEXTA “SEXTO: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá al socio ERASMO ALBERTO COSANATAN VILLALOBOS” quien podrá actuar con las facultades conferida en la misma clausula SEXTA, de la escritura de la sociedad.”. La sociedad primitiva, se mantendrá plenamente vigente en todo cuanto no fuere modificado por el presente instrumento. Iquique 16de abril de 2025.-