CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS WEGMANN Y TORRES LIMITADA

RUT 14901223-0 CVE 2642816
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de abril de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de abril de 2025
Repertorio
4990-2025
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad la prestación de asesorías profesionales dentro del ámbito jurídico, cualquiera sea la naturaleza y giro de los destinatarios de dichas asesorías, arbitrajes y concursos; la prestación de servicios de asesoría y orientación en materia de cumplimiento de regulación sanitaria y responsabilidad de los profesionales de la salud; la capacitación en asuntos de normativa sanitaria; desarrollar toda clase de actividades que se relacionen directa o indirectamente con el objeto anteriormente indicado y ejecutar todas las operaciones o negocios que tengan relación directa o indirecta con su objeto o que fuere necesario o conveniente al cumplimiento del mismo; y, en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los referidos objetos

Administración

La administración estará a cargo del socio don ADOLFO ANDRÉS WEGMANN STOCKEBRAND con amplias facultades, en los términos previstos en los Estatutos de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público Titular de la 36ª Notaria de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 25 de Abril 2025, Repertorio N°4.990-2025, ante mí, don ADOLFO ANDRÉS WEGMANN STOCKEBRAND, chileno, casado bajo el régimen de sociedad conyugal, abogado, cédula nacional de identidad N° 14.901.223-0; y doña FRANCISCA DEL PILAR TORRES CARBONE, chilena, casada bajo el régimen de sociedad conyugal, enfermera universitaria y administradora, cédula nacional de identidad N° 16.480.748-7; ambos domiciliados en calle Paseo de Alcalá N° 10.400, departamento 306 A, comuna de Lo Barnechea; convinieron en constituir la sociedad de responsabilidad limitada ASESORÍAS WEGMANN Y TORRES LIMITADA, en los siguientes términos.- Razón social: El nombre de la sociedad será “Asesorías Wegmann y Torres Limitada”, la que podrá actuar con el nombre de fantasía “WT Ltda.”.- Objeto: El objeto de la sociedad la prestación de asesorías profesionales dentro del ámbito jurídico, cualquiera sea la naturaleza y giro de los destinatarios de dichas asesorías, arbitrajes y concursos; la prestación de servicios de asesoría y orientación en materia de cumplimiento de regulación sanitaria y responsabilidad de los profesionales de la salud; la capacitación en asuntos de normativa sanitaria; desarrollar toda clase de actividades que se relacionen directa o indirectamente con el objeto anteriormente indicado y ejecutar todas las operaciones o negocios que tengan relación directa o indirecta con su objeto o que fuere necesario o conveniente al cumplimiento del mismo; y, en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los referidos objetos.- Administración: La administración estará a cargo del socio don ADOLFO ANDRÉS WEGMANN STOCKEBRAND con amplias facultades, en los términos previstos en los Estatutos de la sociedad.- Capital: El capital social es la suma de $1.000.000, el que fue enterado por los socios en las siguientes proporciones: don ADOLFO ANDRÉS WEGMANN STOCKEBRAND pagando $200.000, adquiriendo, en consecuencia, el 20% de los derechos sociales; y doña FRANCISCA DEL PILAR TORRES CARBONE, pagando $800.000, adquiriendo, en consecuencia, el 80% de los derechos sociales.- Limitación de responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes.- Duración y disolución: La duración de la sociedad será de cinco años, contados desde la fecha de la escritura de constitución. Dicho plazo se prorrogará automáticamente por períodos iguales de cinco años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con no menos de tres meses de anticipación al respectivo vencimiento. No se disolverá en caso de fallecimiento o incapacidad sobreviniente de los socios.- Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda abrir en Chile o el extranjero.- Santiago, 29 de Abril 2025.