INGENIERIA E INVERSIONES SANTA VICTORIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de mayo de 2024
- Notario
- GONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ
- Domicilio
- doña Antonieta Mendoza Escalas
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.600 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ, Notario Público Suplente de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16º Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: con fecha 24 de mayo de 2024, por escritura pública repertorio número 1932-2024, ante mí, como reemplazante de la titular, se modifica la sociedad “INGENIERIA E INVERSIONES SANTA VICTORIA LIMITADA" inscrita a fojas 93712 número 66131 del Registro de Comercio de Santiago del año 2012 en el siguiente sentido: CARLOS AUGUSTO HERRERA CARVALLO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil, C.I.: 7.011.053-9, PATRICIA MILENA GONZÁLEZ WEVAR, chilena, casada, separada totalmente de bienes, esteticista, C.I: 10.011.429-1, y doña VICTORIA VALENTINA HERRERA GONZÁLEZ, chilena, soltera, licenciada en psicología, C.I:20.346.059-7, todos domiciliados en esta ciudad, calle Martín Alonso Pinzón N°4.845, dpto. 801, Las Condes. 1) Cesión: doña PATRICIA MILENA GONZÁLEZ WEVAR, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la sociedad INGENIERIA E INVERSION SANTA VICTORIA LIMITADA, ascendentes a $100.000.- correspondiente al 20 por ciento del capital social, a doña VICTORIA VALENTINA HERRERA GONZALEZ, quien declara comprarlos, aceptarlos y adquirirlos para sí. 2) Precio: El precio de la cesión es la suma de $100.000, que doña VICTORIA VALENTINA HERRERA GONZALEZ, paga, a doña PATRICIA MILENA GONZÁLEZ WEVAR, para quien declara, no quedando deudas pendientes. 3) Retiro sociedad: doña PATRICIA MILENA GONZÁLEZ WEVAR se retira de la sociedad quedando como únicos socios don CARLOS AUGUSTO HERRERA CARVALLO, con una participación del 80 por ciento del capital social y doña VICTORIA VALENTINA HERRERA GONZALEZ, con una participación del 20 por ciento del capital social. 4) Se sustituyó artículo TÍTULO QUINTO: DE LA DISOLUCIÓN DE LA LIQUIDACIÓN, DEL ARBITRAJE Y DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS ARTICULO UNDÉCIMO, por el siguiente: TÍTULO QUINTO: DE LA DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD. ARTICULO UNDÉCIMO: La sociedad se disolverá por voluntad de los socios o por las causales previstas en el artículo 2098 y siguientes del Código Civil. 5) Aumento de capital; CARLOS AUGUSTO HERRERA CARVALLO, viene aumentar el capital en la suma de $3.600.000 y VICTORIA VALENTINA HERRERA GONZALEZ, aumenta el capital en $900.000 de la sociedad INGENIERIA E INVERSION SANTA VICTORIA LIMITADA. 6) Modificación capital: CARLOS AUGUSTO HERRERA CARVALLO y doña VICTORIA VALENTINA HERRERA GONZALEZ, vienen a modificar el TITULO SEGUNDO: DEL CAPITAL SOCIAL Y RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS. ARTICULO QUINTO, que consta en escritura pública indicada precedentemente, sustituyéndolo por el siguiente: TITULO SEGUNDO: DEL CAPITAL SOCIAL Y RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS. ARTICULO QUINTO: El capital social de la sociedad es de la cantidad de $5.000.000 que los socios aportan de la siguiente forma: CARLOS AUGUSTO HERRERA CARVALLO $4.000.000 y VICTORIA VALENTINA HERRERA GONZALEZ, $1.000.000. En todo lo no modificado por este instrumento, continuará vigente el pacto social, especialmente en cuanto el mismo limita la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes.- Santiago, 14 Abril de 2025.