Sociedad de Prestación de Servicios y Asesorías Sociales Limitada
Instrumento
- Fecha
- 21 de abril de 2025
- Repertorio
- 894-2025
- Notario
- SEBASTIÁN SADÁ AZNAR
- Oficio
- 1ª Notaría de Osorno
- Comuna
- Osorno
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSEBASTIÁN SADÁ AZNAR, Notario Público Titular 1ª Notaría de Osorno, con oficio en Manuel Antonio Matta 680, Osorno. CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 21 de abril de 2025, Repertorio 894-2025, ante FABIOLA TATIANA SALINAS ULLOA, abogada, Suplente del Notario Público Titular de la 1ª Notaría de Osorno, comparece: ERICA ELIANA MANCILLA HINOSTROZA, C.I.Nº 9.262.232-0, TANIA RAYÉN ÁLVAREZ MANCILLA, C.I.Nº 20.097.292-9 y MIGUEL GERARDO CHEUQUEMÁN VARGAS, C.I.Nº 14.085.886-2, todos domiciliados en pje. Tehuelches 1244, Osorno, modificaron sociedad denominada “Sociedad de Prestación de Servicios y Asesorías Sociales Limitada”, constituida por escritura pública de 10 de febrero de 2003, otorgada ante Notario Público y Conservador de Bienes Raíces de Río Negro y Purranque, doña Yasna Elizabeth Kandachi Nur, suplente del titular don José Robinson Dolmestch inscrita a Fs. 63 vta. Nº 49, del Registro de Comercio de Osorno del año 2003, modificada con fecha 13 de mayo de 2008 en notaría de don Harry Maximiliano Winter Aguilera, notario público titular de Osorno, inscrita a Fs. 237 Nro. Nº 184 del Registro de Comercio de Osorno del 2008, asimismo, modificada con fecha 11 de agosto de 2014 en notaría de don José Robinson Dolmestch Urra, notario público titular de Osorno, inscrita a Fs. 455 Vta. Nº 260 del Registro de Comercio de Osorno del año 2014, en el siguiente sentido: A.-) Miguel Gerardo Cheuqueman Vargas vende, cede y transfiere todos y cada uno de sus derechos sobre la sociedad, a Erica Eliana Mancilla Hinostroza y Tania Rayen Alvarez Mancilla quienes aceptan y adquieren para si, en distinto porcentaje. B.-) Se modifica la cláusula cuarta debiendo “Sociedad de prestación de servicios y asesorías sociales limitada”, quedar constituida por dos socios, Erica Eliana Mancilla Hinostroza con un noventa por ciento de los derechos sociales y doña Tania Rayen Alvarez Mancilla con un diez por ciento de los derechos sociales. C.-) se modifica la cláusula séptima con el objeto de que la administración representación y uso de la razón social de esta fecha corresponderá indirectamente a los socios debiendo eliminar a Miguel Gerardo Cheuqueman Vargas de dicha cláusula. Estipulaciones constan en escritura extractada. Osorno, 24 de abril de 2025.