MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Outlet Mascotas Limitada

RUT 76646690-7 CVE 2641753
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de abril de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de abril de 2025
Repertorio
995-2025
Notario
R. Alfredo Martin Illanes
Oficio
Décimo Quinta Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad es: La importación, exportación, compra y venta, la comercialización, cultivo y fabricación, ya sea por cuenta propia o en representación de terceros de toda clase de productos, alimentos, alimentos agropecuarios, insumos, accesorios y sus derivados, medicamentos para animales, criadero de mascotas, compraventa de los mismos, clínica veterinaria y todo tipo de alimentos como legumbres y otros; Adquirir y enajenar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbano; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atribuciones, en relación con cualquier clase de bienes; la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. La realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero, técnico o que digan relación con el giro principal. El desarrollo de la arquitectura en toda su manifestación, y en la construcción, ya sea por cuenta propia o ajena, por si o por terceras personas contratadas; y realizar las todas demás actividades y negocios que los accionistas acuerden, sean relacionadas o no con lo anterior y sin necesidad de modificación de los presentes estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

R. Alfredo Martin Illanes, Abogado, Notario Público Titular de la Décimo Quinta Notaría Santiago, Mardoqueo Fernández 201, oficinas 101 y 102, Providencia, certifico: Por escritura de fecha seis de marzo de 2025, repertorio 995-2025, ante mí, JOSÉ IGNACIO PEREZ VERA, PAULINA JAVIERA PEREZ VERA y CECILIA EUGENIA LUCERO CASTILLO, todos con domicilio en calle Suecia 0119, oficina 703, Providencia,, suscribieron escritura pública por la cual transformaron OUTLET MASCOTAS LIMITADA, en una sociedad por acciones. Los nuevos estatutos se extractan como sigue: RAZON SOCIAL: OUTLET MASCOTAS SpA, pudiendo actuar ante Bancos, instituciones financieras y organismos públicos bajo el nombre de fantasía OUTLET MASCOTAS SpA DOMICILIO: Santiago OBJETO: El objeto de la sociedad es: La importación, exportación, compra y venta, la comercialización, cultivo y fabricación, ya sea por cuenta propia o en representación de terceros de toda clase de productos, alimentos, alimentos agropecuarios, insumos, accesorios y sus derivados, medicamentos para animales, criadero de mascotas, compraventa de los mismos, clínica veterinaria y todo tipo de alimentos como legumbres y otros; Adquirir y enajenar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbano; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atribuciones, en relación con cualquier clase de bienes; la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. La realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero, técnico o que digan relación con el giro principal. El desarrollo de la arquitectura en toda su manifestación, y en la construcción, ya sea por cuenta propia o ajena, por si o por terceras personas contratadas; y realizar las todas demás actividades y negocios que los accionistas acuerden, sean relacionadas o no con lo anterior y sin necesidad de modificación de los presentes estatutos. CAPITAL: $10.000.000, dividido en 1.000 acciones, dividido en mil acciones de igual valor nominal y se entera de la siguiente forma: i) 250 acciones son suscritas por PAULINA JAVIERA PEREZ VERA, quien en este acto las paga mediante dación en pago, entregando íntegramente el 100% del capital y los derechos que éste tiene en la sociedad de responsabilidad limitada que antecede legalmente a esta sociedad por acciones, que es equivalente al veinticinco por ciento del capital social. ii)250 acciones son suscritas por CECILIA EUGENIA LUCERO CASTILLO, quien en este acto las paga mediante dación en pago, entregando íntegramente el 100% del capital y los derechos que éste tiene en la sociedad de responsabilidad limitada que antecede legalmente a esta sociedad por acciones, que es equivalente al veinticinco por ciento del capital social. iii) Así mismo, las restantes 500 acciones son suscritas por JOSÉ IGNACIO PEREZ VERA, quien también declara que en este acto las paga mediante dación en pago, entregando íntegramente el 100% del capital y los derechos que ésta tiene en la sociedad de responsabilidad limitada que antecede legalmente a esta sociedad por acciones, que es equivalente al cincuenta por ciento del capital social. En consecuencia el total de las acciones que representan el capital social de la compañía ha sido suscritas y pagadas, enterándose en las arcas de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de abril de 2025.