Inmobiliaria Las Condes 12560 SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de abril de 2025
- Repertorio
- 17908-2025
- Notario
- María Soledad Lascar Merino
- Oficio
- 38ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $924.085 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea 3477, certifica: Que por escritura pública otorgada con fecha 15 de abril de 2025, ante mí, bajo el Repertorio Nº 17.908-2025, la sociedad Isidora 19 S.A. en su calidad de única accionista de la sociedad INMOBILIARIA LAS CONDES 12560 SpA (la “Sociedad”), según consta en el Registro de Accionistas tenido a la vista, acordó lo siguiente: A) DIVISIÓN: Dividir la sociedad Inmobiliaria Las Condes 12560 SpA, en dos sociedades: i) una correspondiente a la actual Inmobiliaria Las Condes 12560 SpA, que conservará su nombre, Rol Único Tributario y personalidad jurídica; y ii) la otra correspondiente a una nueva sociedad por acciones, que se constituye como consecuencia de la división bajo el nombre de INMOBILIARIA LAS CONDES 12560 II SpA. B) DISMINUCIÓN DE CAPITAL: i) Como consecuencia de la división de la Sociedad se acordó disminuir el capital de esta última en la suma de $924.085, esto es, desde la cantidad de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de la misma serie y valor, íntegramente suscritas y pagadas, a la cantidad de $75.915, dividido en las mismas 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de la misma serie y valor, íntegramente suscritas y pagadas. ii) Modificar a consecuencia de la disminución de capital los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad. C) APROBACIÓN DE ESTATUTOS. Aprobar los estatutos de Inmobiliaria Las Condes 12560 II SpA que se constituye a partir de la división de la Sociedad y que se extractan en forma separada, en conformidad con el artículo 150 del Reglamento de Sociedades Anónimas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 25 de abril del año 2025.