GRIYO PRODUCCIONES AUDIOVISUALES CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de abril de 2025
- Notario
- CAROLINA ELIZABETH PIÑA CUEVAS
- Oficio
- 42° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCAROLINA ELIZABETH PIÑA CUEVAS, Abogado, Notario Público Suplente de la 42° Notaria de Santiago, del Titular, don ALVARO GONZALEZ SALINAS con oficio en Avenida Apoquindo 3001, 2º piso, comuna de las Condes, certifica por escritura pública de fecha 23 de abril 2025, ante mí, Sres.: COLILUAN WHEWELL, argentino, cedula nacional de identidad argentina N°24.469.525, con residencia vigente bajo resolución exenta N° 24.506.737, del Servicio Nacional de Migraciones, Cedula de identidad extranjero Nº 28.716.895-0, y CHARLES WILLIAM ANTHONY HICKLIN, inglés, casado, productor de televisión, documento nacional de identidad argentino para extranjeros Nº 94.840.722, ambos con domicilio en Avenida El Golf N°40, piso 2, comuna de las Condes, Región Metropolitana, modificaron sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “GRIYO PRODUCCIONES AUDIOVISUALES CHILE LIMITADA.” RUT: 77.558.255-3.-, Capital $1.000.000.- , e inscrita a fojas 14.312 número 6.777 Registro de Comercio de Santiago, año 2022, Modificación consiste en 1) La Administración y representación social queda como sigue: “cláusula decima cuarta inciso dos de la constitución de la sociedad modifica el representante de la sociedad La representación de “GRIYO PRODUCCIONES AUDIOVISUALES CHILE LIMITADA” queda bajo la responsabilidad de don COLILUAN WHEWELL, argentino, documento nacional de identidad argentino N°24.469.525, con residencia vigente bajo resolución exenta N° 24.506.737, del Servicio Nacional de Migraciones, Cedula de identidad extranjero N° 28.716.895-0. Con domicilio en Avenida El Golf N°40, piso 2, comuna de las Condes, Región Metropolitana. 2) don CHARLES WILLIAM ANTHONY HICKLIN, vende, cede y transfiere el 40% de sus derechos sociales, a don COLILUAN WHEWELL, quien los compra y adquiere para si en la suma de $400.000.-, pagados en dinero en efectivo.- La participación social queda en la siguiente forma: don COLILUAN WHEWELL queda con el 90% de la participación social y don CHARLES WILLIAM ANTHONY HICKLIN queda con el restante 10% de participación social. En todo lo no extractado en esta modificación se mantiene el pacto social original. Santiago 28 de abril de 2025.