CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

URRUTIA CORREDORES DE PROPIEDADES SpA

CVE 2641241
Fecha instrumento
7 de abril de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
7 de abril de 2025
Repertorio
11860/2025
Notario
CAROLINA ELIZABETH PIÑA CUEVAS
Oficio
Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CAROLINA ELIZABETH PIÑA CUEVAS, Abogada, Notario Público, Suplente del Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, con oficio en Avenida Apoquindo N°3001, piso 2, Las Condes, certifico: que por escritura pública de fecha 07 de Abril de 2025, Repertorio N°11860/2025, ante mí, don ANGELO FABIÁN URRUTIA VARGAS, chileno, casado, abogado, cédula de identidad número dieciséis millones setecientos noventa y seis mil cuatrocientos treinta y dos guion K, domiciliado en Avenida Padre Hurtado Central número mil trescientos veintiuno, departamento doscientos uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y don ROBERTO CARLOS URRUTIA VARGAS, chileno, soltero, factor de comercio, cédula de identidad número doce millones ciento veintidós mil doscientos veintitrés guion K, domiciliado para estos efectos en calle San Damián número ciento cuarenta y nueve, departamento novecientos dos, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyen sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL. “URRUTIA CORREDORES DE PROPIEDADES SpA”. DOMICILIO. Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país o en el extranjero, previa autorización de los organismos competentes. DURACIÓN. Indefinida. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto: a) Efectuar inversiones ya sea por cuenta propia o ajena, en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, valores mobiliarios bajo cualquier forma, pudiendo efectuar todo acto tendiente a ello, y percibir los frutos. Lo anterior comprende la adquisición, compra, venta, enajenación y constitución de loteos, urbanización, corretaje, comercialización, explotación, arrendamiento, subarrendamiento, en cualquier forma de toda clase de inmuebles rústicos o urbanos, sea por cuenta propia o de terceros, así como el desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios, loteos y urbanizaciones; y la administración y explotación directa de dichas inversiones; b) Servicios de asesoría de administración, comercialización y servicios generales para empresas; c) Planificación, estudio y desarrollo de proyectos de toda índole, su factibilidad técnica y económica; d) El mantenimiento y reparación de inmuebles, mediante la ejecución de obras menores de construcción, entre otras, electricidad, pintura, albañilería, gasfitería; e) Cualquier otra actividad comercial que acuerden los socios que diga relación directa e indirecta con el giro de la sociedad. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades e ingresar a ellas. CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones nominativas de única serie, sin valor nominal y sin privilegios, que han sido suscritas y pagadas de la siguiente forma: a) don ANGELO FABIÁN URRUTIA VARGAS, suscribe quinientas acciones que paga en este acto con la suma de quinientos mil pesos en dinero efectivo y al contado ingresando a la caja social; b) don ROBERTO CARLOS URRUTIA VARGAS, suscribe quinientas acciones que paga en este acto con la suma de quinientos mil pesos en dinero efectivo y al contado ingresando a la caja social. De modo que el capital suscrito se encuentra íntegramente pagado. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL. La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don ANGELO FABIÁN URRUTIA VARGAS y a don ROBERTO CARLOS URRUTIA VARGAS, actuando individual e indistintamente, o conjuntamente, quienes por sí o a través de los mandatarios que se designe al efecto, y anteponiendo el nombre de la sociedad o razón a su firma, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 22 de Abril de 2025.- MGP.