MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGENCIA DE ADUANA PEDRO SERRANO SOLAR Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 88824300-3 CVE 2641176
Fecha instrumento
14 de abril de 2025
Notaría
Santiago de don Enrique Morgan Torres

Instrumento

Fecha
14 de abril de 2025
Comuna
Santiago de don Enrique Morgan Torres

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAURICIO REINOSO CIFUENTES, Notario Suplente del titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, con oficio en calle Huérfanos ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, certifica: por escritura de 14 de abril de 2025, ante el Titular, don PEDRO DEL SAGRADO CORAZON SERRANO SOLAR,; doña MARÍA LUISA MORGAN DEL POZO, don MANUEL ARTURO LAZO GALLEGUILLOS, don FRANCISCO JOSE RAMON SERRANO MORGAN, don PEDRO ANTONIO SERRANO MORGAN y don RICARDO EDUARDO RETAMAL PINO, todos domiciliados en esta ciudad, calle Mac Iver 283, 8º piso. Vienen en modificar la sociedad AGENCIA DE ADUANA PEDRO SERRANO SOLAR Y COMPAÑÍA LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 11 de Mayo de 1982 otorgada en la Notaría de Santiago de don Enrique Morgan Torres, inscrita a fojas 8153 Nº 4518 Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 1982. Esta sociedad ha sido objeto de modificaciones, siendo la última por escritura pública otorgada con fecha 12 de octubre de 2021 en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, inscrita a fojas 86709 Nº 39972 en el Registro de Comercio del CBR de Santiago, año 2021.- Modificación consiste: a) doña MARIA LUISA MORGAN DEL POZO vende, cede y transfiere a don FRANCISCO JOSE RAMON SERRANO MORGAN la totalidad de sus derechos que corresponde al 20% de la totalidad de los derechos sociales en la suma de $60.000.000.- cancelados de contados; b) don MANUEL ARTURO LAZO GALLEGUILLOS vende, cede y transfiere a don PEDRO SERRANO SOLAR la totalidad de sus derechos y que corresponden al el 20% del total de los derechos sociales, en $60.000.000, pagado de contado .De este modo los derechos sociales se distribuyen: PEDRO DEL SAGRADO CORAZON SERRANO SOLAR, 40%, FRANCISCO JOSE RAMON SERRANO MORGAN, 40%, PEDRO ANTONIO SERRANO MORGAN 15% y RICARDO EDUARDO RETAMAL PINO, 5%.- Socios ratifican expresamente el contrato de sociedad que los vincula, así como sus estatutos y señalan que en todo lo no modificado por el presente instrumento, se mantienen vigentes las demás estipulaciones del estatuto primitivo y sus modificaciones, así como la declaración de responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. La participación en las utilidades y pérdidas de la sociedad serán distribuidas en conformidad y en proporción a sus aportes, ello en concordancia con la Ordenanza de Aduanas. Santiago, 25 de Abril de 2025.