MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MCI TELECOM LATAM LIMITADA

RUT 78027379-8 CVE 2640879
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de diciembre de 2024
Notario
R. ALFREDO MARTIN ILLANES
Oficio
Décimo Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, abogado, Notario Público Titular de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N° 201, locales 101 y 102, Providencia, certifica: por escritura de hoy ante mí, PAUL ANDRÉS AGUAYO SANHUEZA, C.I. 9.886.364-8, y JUAN VÁSQUEZ CÓRDOVA, C.I. 10.401.138-1, ambos domiciliados en Avenida Kennedy N° 7440, Of 321, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron sociedad “MCI TELECOM LATAM LIMITADA”, R.U.T. Nº 78.027.379-8, constituida el 10 de diciembre de 2024, ante R. Alfredo Martín Illanes, Santiago, inscrita a fs. 105.986, Nº42.630 del Registro Comercio de Santiago del año 2024, capital $1.000.000.- MODIFICACIÓN: Modificaron la cláusula tercera sobre objeto social, en el sentido de que el objeto de la sociedad es, ya sea por cuenta propia o ajena, de forma directa o indirecta, el siguiente: a) La compraventa, importación, exportación, distribución, comercialización y proyectos de equipos e instrumentos relacionados con redes, fibra óptica, cámaras de seguridad, artículos eléctricos, tarjetas SIM y E-SIM y otros de naturaleza idónea; b) La representación de personas, empresas o marcas, chilenas o extranjeras; c) La importación, compraventa, arriendo, expendio, comercialización, fabricación, manufactura y distribución al por mayor y menor de todo tipo de artículos y productos, materiales, insumos, materias primas, implementos, equipos y maquinarias ya sea elaboradas o semi elaboradas y/o terminadas de todo tipo, que se relaciones directa o indirectamente con los objetos mencionados, pudiendo al efecto tomar representaciones de empresas y marcas nacionales o extranjeras; d) La administración de activos de todo tipo, tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; e) Prestación de servicios de logística remota a través de medios electrónicos, servicios digitales, servicios de pago y todos los servicios relacionados con los objetos anteriormente descritos; f) La formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y g) En general, la celebración o ejecución de todo negocio, acto, contrato, operación, gestión, actividad o servicio complementario, semejante o afín con las actividades señaladas anteriormente, con personas naturales y personas jurídicas de carácter público o privado, sean estas nacionales o extranjeras, que los socios acuerden y estimen necesarios o conducentes para el cumplimiento integral de los objetivos antes mencionados y la consecución de los fines sociales, siempre y cuando no sean contrarios a la ley.- En lo no modificado, continúan vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo de fecha 10 de diciembre de 2024. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de abril de 2025.